25 abr. 2024

Seam interviene un zoológico privado en barrio capitalino

Un equipo de fiscalizadores de Vida Silvestre y Asesoría Jurídica de la Secretaría del Ambiente (Seam) constató en una intervención la existencia irregular de un zoológico privado en una residencia ubicada en el barrio Mburucuyá de Asunción, propiedad del empresario Aldo Zuccolillo. La comitiva halló la tenencia de más de 100 animales silvestres que no contaban con los documentos legales de registro y permiso (ver infografía).

“No tenían los permisos que exige la Ley 96/92 de Vida Silvestre. Era casi como un zoológico privado y como tal tampoco estaba registrado en la Seam”, señaló Hugo Cañiza, director de Asesoría Jurídica de la Seam.

Relató que aparte de la evaluación de impacto ambiental, se exige que los zoológicos privados cuenten con licencia ambiental y permiso de la Dirección de Vida Silvestre. Los propietarios no contaban tampoco con estos dos, según la autoridad.

En el inmueble se hallaron especies en peligro de extinción y en riesgo de peligro de extinción, según los apéndices I y II de la lista Cites (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), que es un acuerdo internacional para la protección de la fauna silvestre.

SANCIONES. El director Cañiza comentó que se están analizando las medidas que la Seam tomará tras la intervención. En materia ambiental administrativa, la autoridad puede incautar los animales, llevarlos a otros lugares, cerrar, clausurar, inhabilitar y, obviamente, multar al propietario. “Para eso tenemos que abrir un sumario administrativo y en el marco de eso tomaremos la decisión”, señaló el director.

Sostuvo que si alguna vez existió algún permiso del 2007, como indicaron a la cartera, el mismo debió renovarse cada año tras la evaluación de los fiscalizadores.

Además de no tener documentos, el sitio no es el adecuado para que funcione un zoológico privado, según Cañiza. “Y el problema que se le suma es la tenencia de animales en peligro de extinción. Eso le convoca al Ministerio Público por delito ambiental, según el artículo 5, inciso a, de la Ley Nº 716/96 de Delito Ambiental”, resaltó.

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