28 mar. 2024

Samaniego no acata orden judicial para regular propaganda electoral

La jueza electoral de la Capital, María del Carmen Novais, ordenó a la Municipalidad de Asunción regular los lugares donde los políticos que pugnan por cargos electivos pueden poner sus propagandas electorales cuando la ley les habilita.

Propaganda ilegal.  El Código Electoral no habilita ningún tipo de publicidad electoral. Sin embargo, la ley es letra muerta.

Propaganda ilegal. El Código Electoral no habilita ningún tipo de publicidad electoral. Sin embargo, la ley es letra muerta.

Sin embargo, el intendente no solamente no acata la orden judicial, sino también su propia publicidad aparece por las calles de Asunción.

“Ordenar que la Municipalidad de Asunción remita a este Juzgado los lugares autorizados para la fijación de carteles y murales en la vía pública, y el relevamiento de la existencia de propagandas en la vía pública que infringieren los artículos que regulan la propaganda electoral preceptuados en el Código Electoral Paraguayo”, dice la orden judicial dictada por la jueza María del Carmen Novais.

Entre varios artículos del Código Electoral, la jueza citó el número 290 que establece que la propaganda electoral por la vía pública estará habilitada solamente 60 días antes de los comicios, contados desde dos días antes de la fecha de votación. En los comicios internos, la propaganda electoral, también para la vía pública, solo está permitida 30 días antes, de la misma forma, según el mismo artículo.

Justamente, por estas razones, la magistrada ordenó “librar oficios a los presidentes de los partidos y movimientos políticos, a fin de que notifiquen por donde corresponda, a los precandidatos a miembros de la Junta Municipal y a la Intendencia de Asunción, a los efectos de que tomen conocimiento de la presente resolución e igualmente arbitren las medidas tendientes a dar a conocer a sus afiliados el contenido de la misma”.

De paso, la jueza ordenó el envío del oficio a la Policía Nacional y a los medios masivos de comunicación.

POR LOS MEDIOS. Con respecto a la propaganda electoral por los medios masivos de comunicación, la jueza recordó también la última parte del artículo 290 del Código Electoral que establece que para las elecciones a nivel nacional, la propaganda (por televisión, periódicos y radios) se extenderá por un máximo de 30 días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios.

La última parte del artículo establece que “en los comicios internos de los partidos políticos (la propaganda) no podrá exceder de diez días”. Esto se refiere a los medios masivos de comunicación.

Respecto a la Policía, no hay informaciones de esta institución que señalen que haya ordenado el cese de una publicidad electoral. En la práctica, los políticos que disputan por cargos electivos hacen propaganda en la vía pública sin importar la prohibición legal.

Más contenido de esta sección
Las ventas al público en los comercios pyme de Argentina cayeron un 25,5% interanual en febrero pasado, golpeadas por la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores a causa de la elevadísima inflación, y acumulan un declive del 27% en el primer bimestre del año, según un informe sectorial difundido este domingo.
El mandatario decidió crear el fondo nacional de alimentación escolar esperando un apoyo total, pues quién se animaría a rechazar un plato de comida para el 100% de los niños escolarizados en el país durante todo el año.
Un gran alivio produjo en los usuarios la noticia de la rescisión del contrato con la empresa Parxin y que inmediatamente se iniciaría el proceso de término de la concesión del estacionamiento tarifado en la ciudad de Asunción. La suspensión no debe ser un elemento de distracción, que nos lleve a olvidar la vergonzosa improvisación con la que se administra la capital; así como tampoco el hecho de que la administración municipal carece de un plan para resolver el tránsito y para dar alternativas de movilidad para la ciudadanía.
Sin educación no habrá un Paraguay con desarrollo, bienestar e igualdad. Por esto, cuando se reclama y exige transparencia absoluta en la gestión de los recursos para la educación, como es el caso de los fondos que provienen de la compensación por la cesión de energía de Itaipú, se trata de una legítima preocupación. Después de más de una década los resultados de la administración del Fonacide son negativos, así como también resalta en esta línea la falta de confianza de la ciudadanía respecto a la gestión de los millonarios recursos.
En el Paraguay, pareciera que los tribunales de sentencia tienen prohibido absolver a los acusados, por lo menos en algunos casos mediáticos. Y, si acaso algunos jueces tienen la osadía de hacerlo, la misma Corte Suprema los manda al frezzer, sacándolos de los juicios más sonados.
Con la impunidad de siempre, de toda la vida, el senador colorado en situación de retiro, Kalé Galaverna dijo el otro día: “Si los políticos no conseguimos cargos para familiares o amigos, somos considerados inútiles. En mi vida política, he conseguido unos cinco mil a seis mil cargos en el Estado...”. El político había justificado así la cuestión del nepotismo, el tema del momento.