Señala que la Resolución 104/16, firmada por la viceministra Marta González, limita la deducibilidad de las inversiones y no permite considerarlas pérdida fiscal compensables, tal como claramente lo dice la ley.
Agregó que el Artículo 7 de la Resolución 104/16 (dada a conocer el 31 de diciembre de 2016) expresa que a partir del ejercicio fiscal 2016, el monto máximo de los gastos e inversiones no podrá superar el monto total de la renta bruta del ejercicio, más los préstamos obtenidos más los montos de las compras o adelantos en efectivo o realizados con tarjeta de crédito.
Por ultimo, exige a la SET la inscripción de al menos el 50% de personas que siguen realizando sus operaciones comerciales en la clandestinidad e ilegalidad, no contando ni siquiera con Registro Único del Contribuyente (RUC), expresó la abogada tributarista.