25 abr. 2024

Retención del salario para el pago de IRP regirá desde julio

El Ministerio de Hacienda aclaró ayer que el régimen de retenciones sobre salarios para los contribuyentes del impuesto a la renta personal (IRP) recién entrará en vigencia en julio de este año.

hacie.JPG

Fachada del Ministerio de Hacienda | Foto: ÚH Archivo

La secretaría de Estado indicó que si bien la Ley 4.673/2012 y el artículo 2 del Decreto 6560/2016 autorizan a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) a implementar este sistema, antes de la vigencia de las retenciones se emitirá una resolución general sobre su aplicación.

De acuerdo a las informaciones la retención sobre el salario será del 0,5% en el caso de los empleados de empresas privadas y del 1% para los trabajadores estatales.

La institución estatal recordó que el IRP alcanza este año a los que perciban ingresos anuales por G. 117.870.420, equivalentes a 60 salarios mínimos. Estos serán considerados contribuyentes desde el día siguiente de haber superado ese límite y tienen la obligación de inscribirse en el Registro Único del Contribuyente (RUC).

La tasa del impuesto es del 10% para aquellos contribuyentes cuyos ingresos sean iguales o superiores a 120 salarios mínimos anuales, y del 8% para los que tengan ingresos gravados inferiores a los 120 salarios mínimos.

Devolución. Uno de los aspectos que todavía no tiene definición es el mecanismo de devolución de las retenciones a favor del contribuyente que genera créditos fiscales.

Al respecto, el Ministerio de Hacienda informó que recién cuando se emita la resolución general sobre la aplicación de las retenciones se salarios se reglamentará este aspecto, pero que por el momento un equipo de la SET está trabajando en ello.

Otro punto cuestionado guarda relación con el hecho de que se constituyen nuevas obligaciones para el contribuyente y se establecen cargas públicas, como el hecho de que los gastos que realicen en el exterior deben ser legalizados y apostillados por el consulado paraguayo donde se realice la compra, cuando el pago sea realizado en efectivo.

Asimismo, si bien se continuará deduciendo como gasto, ya no se podrá considerar inversión del contribuyente o de los familiares a su cargo la compra de joyas, utensilios para el hogar, electrodomésticos y equipos electrónicos.

Para la abogada tributarista Nora Ruoti, la Resolución 104/16, muestra desprecio no solamente hacia los contribuyentes, sino al texto de la Ley del IRP, ya que limita la deducibilidad de las inversiones.

Embed

Más contenido de esta sección
Las ventas al público en los comercios pyme de Argentina cayeron un 25,5% interanual en febrero pasado, golpeadas por la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores a causa de la elevadísima inflación, y acumulan un declive del 27% en el primer bimestre del año, según un informe sectorial difundido este domingo.
El mandatario decidió crear el fondo nacional de alimentación escolar esperando un apoyo total, pues quién se animaría a rechazar un plato de comida para el 100% de los niños escolarizados en el país durante todo el año.
Un gran alivio produjo en los usuarios la noticia de la rescisión del contrato con la empresa Parxin y que inmediatamente se iniciaría el proceso de término de la concesión del estacionamiento tarifado en la ciudad de Asunción. La suspensión no debe ser un elemento de distracción, que nos lleve a olvidar la vergonzosa improvisación con la que se administra la capital; así como tampoco el hecho de que la administración municipal carece de un plan para resolver el tránsito y para dar alternativas de movilidad para la ciudadanía.
Sin educación no habrá un Paraguay con desarrollo, bienestar e igualdad. Por esto, cuando se reclama y exige transparencia absoluta en la gestión de los recursos para la educación, como es el caso de los fondos que provienen de la compensación por la cesión de energía de Itaipú, se trata de una legítima preocupación. Después de más de una década los resultados de la administración del Fonacide son negativos, así como también resalta en esta línea la falta de confianza de la ciudadanía respecto a la gestión de los millonarios recursos.
En el Paraguay, pareciera que los tribunales de sentencia tienen prohibido absolver a los acusados, por lo menos en algunos casos mediáticos. Y, si acaso algunos jueces tienen la osadía de hacerlo, la misma Corte Suprema los manda al frezzer, sacándolos de los juicios más sonados.
Con la impunidad de siempre, de toda la vida, el senador colorado en situación de retiro, Kalé Galaverna dijo el otro día: “Si los políticos no conseguimos cargos para familiares o amigos, somos considerados inútiles. En mi vida política, he conseguido unos cinco mil a seis mil cargos en el Estado...”. El político había justificado así la cuestión del nepotismo, el tema del momento.