Esto tras hallado responsable de la comisión de los hechos punibles de obstrucción al resarcimiento por daño en accidentes de tránsito y exposición a peligro en el tránsito terrestre, informó la Fiscalía.
La resolución fue firmada por el juez Penal de Garantía N° 3, Óscar Delgado, a modo de suspensión condicional del procedimiento abierto por el agente fiscal de la Unidad Especializada de Seguridad y Convivencia de las Personas, Emilio Fúster.
Romero, reincidente en el hecho, también deberá entregar mensualmente la suma de G. 350.000 a la señora Andrea Rodríguez Giménez, para resarcir el daño causado. Asimismo, tendrá que donar como beneficio, mes a mes, G. 100.000 a la fundación ''Asoleu’’.
Igualmente tiene prohibido cambiar de domicilio y/o salir del país sin permiso del Juzgado de Ejecución, consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos, acercarse a la víctima Andrea Rodríguez y tiene la obligación de comparecer en forma bimestral al Juzgado.
Antecedentes
El hecho se registró el 21 de noviembre de 2014. Romero Gabriaguez manejó un vehículo en estado de ebriedad y chocó contra otro automóvil que circulaba por las calles Fernando de la Mora e Yvapovó de Asunción.
El chofer intentó darse a la fuga, pero fue aprehendido a cuatro cuadras del lugar del accidente por efectivos de la Policía. La prueba de alcotest realizada al hombre arrojó como resultado positivo 0,780 MG/L.