29 mar. 2024

Repse: Unos 5.300 profesionales ya se anotaron, pese a polémica

A pesar de la polémica que generó el Registro de Prestadores de Servicios (Repse) del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), ya son 5.302 los profesionales anotados y solo en los últimos 6 meses se inscribieron 3.085 trabajadores. El registro se da tanto para las personas físicas como para las jurídicas.

Óscar Stark, viceministro de Comercio, remarcó que 1.600 profesionales están en trámite de inscripción y solo falta completar algunos datos. Recordó que el trámite es gratuito, tanto para la presentación presencial, como para la que se hace vía web.

“El registro sigue en marcha y está prorrogado el nuevo sistema hasta noviembre. Está vigente desde el 2011. Lo que estamos haciendo es reestructurando todo el mecanismo. Queremos terminar todo el sistema de registro antes de noviembre”, indicó.

Todos los prestadores de servicios paraguayos y extranjeros tienen que anotarse, remarcó el viceministro. Añadió que justamente uno de los objetivos del Repse es que los trabajadores foráneos cumplan con todos los requisitos.

La inscripción en el registro tendrá una duración de dos años. Si hubiese cambios relacionados con los datos o las circunstancias declaradas al momento de la inscripción originaria, deberán declararlo al MIC, dentro del plazo perentorio de 30 días hábiles.

La disposición es para los abogados, arquitectos, médicos, ingenieros, veterinarios, electricistas, plomeros, mecánicos, y otras profesiones ejercidas en forma independiente.

MULTAS. Los prestadores de servicios que no se registren en el Repse, así como las personas que los contraten serán sancionados. De acuerdo con el decreto reglamentario, será considerada como falta leve la no inscripción por parte del prestador de servicios y configurará su conducta como falta leve quien contrate los servicios de aquellos prestadores de servicios que no se encuentren inscriptos.

Será considerada falta grave la reincidencia en este último hecho, así como la declaración falsa que pudiera presentar el solicitante al momento de requerir su inscripción.

Según establece la Ley 904/63 del MIC, las multas aplicadas podrán ser desde 100 hasta 2.000 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas. La aplicación de las multas previstas se hará previo sumario administrativo. El acto administrativo conclusivo del sumario administrativo, en los casos que sea comprobada la falta leve, deberá incluir la intimidación al prestador de servicios para que proceda a solicitar su inscripción en el Repse, dentro de los 60 días calendario.

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