El caso fue juzgado por el magistrado Daniel Ferro, quien tuvo a su cargo la querella de F. D. P. A., en contra de su suegra y su cuñada, acusadas de los citados delitos de difamación y calumnia.
El juicio oral se realizó hace unos días, donde finalmente, las dos mujeres fueron absueltas de culpa y reproche.
En el juicio, el accionante dijo que el 17 de setiembre del 2014, su esposa junto con sus cuatro hijos menores fueron a la casa de su suegra donde habló con ella y su cuñada.
Alegó el querellante que luego, sin consultarle a su esposa, le denunciaron por violencia doméstica en el Juzgado de Paz de Trinidad, por lo que fue excluido del hogar, y tuvo que retirar todas sus cosas.
Afirma que su misma esposa luego presentó un escrito ante el Juzgado, donde aclaró que fue una denuncia falsa.
Para el juez, en el juicio, con las declaraciones de los testigos, y las pruebas documentales, no se probaron los hechos punibles acusados. Con ello, absolvió a las acusadas.
Además, en el juicio oral, también declaró la esposa, quien según el juez, entró en contradicciones con lo que dijo ante el Juzgado de Paz. Por ello, ordenó remitir los antecedentes a la Fiscalía, para que la misma sea investigada por falso testimonio.
Igualmente, con respecto al querellante, durante el juicio, se presentaron actas notariales donde según el juez existen elementos que configurarían hechos punibles y los remitió al Ministerio Público.
Según el juez, había frases supuestamente dichas por el acusado como “A vos te voy a reventar...”, “Te dije que si me volvés a hacer algo parecido te voy a matar...”; “Acá voy a armar una guerra y tengo 36 tiros, voy a quitar mis cosas de acá”; “Acá se descontrola las cosas y yo le iba a meter bala a los policías”.