18 abr. 2024

¡Qué difícil es elegir un defensor del pueblo!

Por Susana Oviedo – soviedo@uhora.com.py

Susana Oviedo

Estamos a 4 sesiones de concluir el año legislativo y los miembros del Congreso todavía siguen dando vueltas para definir un tema que, despojado de los intereses partidarios, debería resultar fácil de resolver.

Se trata de integrar la terna para defensor o defensora del pueblo. Un cargo que, desde hace 8 años, está ocupado, vía reconducción tácita, por la misma persona que se empeñó en desacreditar a la institución que representa y que en otros países goza de gran prestigio y gravitación a la hora de defender los derechos ciudadanos.

El tema reflotó a fines del año pasado solo por impulso de las organizaciones de la sociedad civil y de organismos internacionales, como las Naciones Unidas, la OEA y otros, que no se explicaban por qué razón en Paraguay el Congreso Nacional, en su periodo anterior y en el actual, no priorizó este tema en la agenda legislativa.

La figura del defensor del pueblo fue una de las novedades de la Constitución Nacional del 92. Sin embargo, recién en el 2001 fue elegido el primer defensor, lo que ya da la pauta de la escasa importancia que se otorgó desde el principio a esta figura.

El Senado constituye las ternas para defensor del pueblo y para el adjunto, y la elección tiene que realizar Diputados, por mayoría de dos tercios. El defensor del pueblo es un comisionario parlamentario cuyas funciones son la defensa de los derechos humanos, la canalización de reclamos populares y la protección de los intereses comunitarios

¿Por qué los partidos y movimientos políticos con representación parlamentaria no han visto y no ven como relevantes a estas tareas vinculadas con los derechos humanos?

Muy por el contrario, la elección del defensor del pueblo en Paraguay no trasciende la limitada y mezquina perspectiva político-partidaria de sumar un cargo y una institución a los intereses clientelares de los partidos, que subsiste hasta hoy.

Esto hace que de nuevo al momento de integrar las ternas para el titular y el adjunto a defensor no se prioricen la idoneidad, honestidad, trayectoria, reputación e independencia de los candidatos, sino su filiación política y su predisposición para responder a los intereses de determinada facción.

Así echan a perder de nuevo las condiciones de independencia y credibilidad que son indispensables para este cargo.

Al dilatar un asunto que debería ser de mero trámite, como la selección del defensor del pueblo, los legisladores demuestran una vez más que sus intereses no son los de la ciudadanía, y que la promoción y defensa de los derechos humanos siguen siendo materia tangencial.

Cuanto más largas dan al asunto, más tiempo ganan para seguir negociando este tema a cambio de otras monedas de cambio. Por esto también se hace tan difícil elegir un nuevo defensor del pueblo para el país.

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