Los microempresarios cotizarán al IPS el 24% calculado sobre la base imponible establecida en la nueva ley, distribuyéndose dicho aporte como sigue: 12,5% al fondo de jubilaciones y pensiones, el 2,5% al fondo de Administración General de la Entidad, y el 9% al fondo de Enfermedad y Maternidad.
En ese sentido, el Ministerio de Industria y Comercio será la autoridad de aplicación de esta legislación, que trabajará coordinadamente con el IPS y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la reglamentación, mecanismos de promoción e incorporación gradual de las micro y pequeñas empresas a la previsional.
Esta ley pretende proteger a los dueños de microemprendimientos en materia de seguridad social, tanto en asistencia en salud como en jubilación.