La información de la EBY -que también incluye salarios y beneficios- arrojó cifras exorbitantes que benefician al director y consejeros del ente binacional, además del personal superior, que corresponden a ingresos que oscilan entre 50 y 90 millones de guaraníes (ver infografía).
El estamento político de la EBY está formado por su principal responsable, Juan Alberto Schmalko, quien tiene entre sus consejeros a conocidos referentes políticos, entre quienes pueden citarse a Diógenes Martínez, Carlos María Santacruz y Gustavo Samaniego.
Todos gozan de ganancias superiores a los 70 millones de guaraníes, entre los consejeros, mientras que Schmalko obtiene mensualmente casi 86 millones de guaraníes.
Los conceptos que aparecen en el detalle de la nómina de ingreso son: Remuneración, gastos de representación y Resolución CE 14820/12. Este último concepto permite a los altos cargos de la entidad percibir 13.125.000 guaraníes, lo que sumado a los demás ítems brinda la posibilidad de tener un ingreso sumamente elevado en el estamento superior de la EBY.
Más de 90 millones. El funcionario que más percibe en la entidad es, sin embargo, Osvaldo Núñez Esquivel, del Departamento Financiero, ya que todos los conceptos suman la monumental cifra de 90.809.928 guaraníes.
Este funcionario se acoge a los beneficios de antigüedad, presentismo, beneficio por título, compensación adicional, ayuda habitacional, desarraigo, asignación familiar a cargo y hasta subsidio de energía eléctrica.
La Itaipú y EBY habían presentado una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 5189/14, que obliga a publicar la nómina, sueldos, viáticos y otras remuneraciones que recibe el funcionariado público.
Desde las hidroeléctricas siempre se negaron a dar la lista de sus funcionarios y menos aún los salarios.
El argumento utilizado para la presentación de la acción de la inconstitucionalidad fue que ambas entidades son binacionales y que tienen patrimonio propio de donde salen las remuneraciones a los funcionarios, por lo que no utilizan recursos del Estado.
Además, alegaron que hacía falta una nota reversal para autorizar la publicación de la lista de funcionarios con sus respectivos salarios como exige la mencionada ley.
Desde ambas cámaras del Congreso Nacional habían instado a publicar la nómina de funcionarios con sus respectivos salarios.