Con 5 horas de retraso, se inició ayer la lectura del fallo de los jueces Óscar Cantero, Clara Martínez y Óscar Gómez, en el juicio por el secuestro del ganadero ocurrido el 15 de octubre del 2009, quien fue liberado tras 94 días de cautiverio.
Los jueces encontraron culpable a Matungo de los delitos de secuestro, asociación criminal, homicidio doloso en grado de tentativa y robo agravado, todos en grado de autoría, según la resolución.
Igualmente, con respecto a Ocampos, el tribunal lo halló culpable de secuestro en grado de cómplice, y de asociación criminal, como autor.
Asimismo, los jueces decidieron enviar los antecedentes a la fiscalía, para que investigue si durante el juicio, Noel Ovelar no cometió hecho punible, al arengar al Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).
Al ser llevado a su celda, Matungo gritó en cuatro ocasiones ¡¡Viva el EPP!!
LARGA LECTURA. El fallo fue leído por secretaría, entre las 14.00 y las 17.30, de ayer, teniendo en cuenta que era la sentencia íntegra, con todos sus argumentos. Se turnaron entre tres personas por las más de 70 páginas.
Los magistrados entendieron que se probó que Noel Adalberto Ovelar fue partícipe del secuestro de Fidel Zavala, que estuvo entre las personas que llegaron a la estancia doña Mabel, el 15 de octubre del 2009.
Explicaron que el mismo fue coautor de los hechos, ya que fue reconocido por la misma víctima del hecho. Es más, señalaron que además de estar en el secuestro y también estuvo en el momento en que se puso la bomba que hirió a dos policías.
Asimismo, también estuvo como uno de los que custodió a Fidel Zavala, durante esos 94 días durante los cuales el ganadero estuvo secuestrado.
OCAMPOS. Por su parte, el Tribunal de Sentencia señaló que se comprobó que Néstor Damián Ocampos, fue cómplice del secuestro, a pesar de que fue capturado 2 años, 5 meses y 5 días, como sostuvo la defensa.
Refirieron en su fallo que se halló 1.900 dólares que formaban parte del pago del rescate del ganadero Fidel Zavala, y rechazaron la nulidad pedida por la defensa sobre el acta del procedimiento de detención.
Además, también sostuvieron que su participación era bastante importante, porque al ser miembro del grupo de apoyo logístico, hace que el EPP siga en la clandestinidad.
PENAS. Al final, los jueces entendieron que la pena justa y útil para Ovelar era de 30 años de cárcel, y 5 de medidas de seguridad, porque no demostró nunca arrepentimiento. La pena será cumplida el 17 de febrero del 2041, mientras que las medidas serán el 17 de febrero del 2046.
Por su parte, a Ocampos, le dieron la pena de 12 años de encierro, que será cumplida el 20 de marzo del 2024.
Los jueces desecharon los cargos de toma de rehén, lesión grave y producción de riesgos comunes, por los cuales acusó la fiscalía a Matungo, y pidió 30 años de cárcel y 10 años de medidas de seguridad. Para Ocampos, los fiscales Sandra Quiñónez y Guillermo Ortega, pidieron 15 años de cárcel.
Las defensa de Ovelar, pidió 12 años de encierro por secuestro, mientras que la de Ocampos 4 años por medidas de seguridad.