La Patrulla Caminera anunció ayer que desde este fin de semana ya empezarán a cumplir lo dispuesto en la reglamentación en los tramos ruteros nacionales.
Sin embargo, el titular de la institución, Luis Christ Jacobs, informó que por el momento, los zorros solo advertirán a los conductores cuyos vehículos cuenten con tonalidades de vidrio o defensas delanteras que no cumplan con las características permitidas.
Explicó que los agentes camineros ya están capacitados para diferenciar los polarizados con tonalidad AT5 que es el que puede colocarse a los costados y AT35 que es el nivel para el parabrisas. También conocen las dimensiones del paragolpes adecuado.
Señaló que en este caso no se aplica la retroactividad a quienes ya equiparon con anterioridad su vehículo, solo están exentos de sanciones los paragolpes que ya vienen acoplados de fábrica.
“La ley ya está vigente y entonces vamos a empezar a controlar. Por el momento, a la primera solo vamos a amonestar y vamos a anotar en el registro de antecedentes. Si esa persona vuelve a caer en los controles si se le puede multar”, expresó, al momento de recordar que la multa en estos casos va desde los G. 210.000 a los G. 700.000.
Añadió que aquellos que no confíen en el criterio de los zorros, pueden recurrir en el Juzgado de Faltas y con sus facturas o certificaciones de la casa de equipamiento pueden demostrar que se adecuan a la Ley y no pagar la multa.
Por su parte, desde la Policía Municipal de Tránsito de Asunción, indicaron que esperan un dictamen de Asesoría Jurídica para determinar las adaptaciones de la nueva legislación a las ordenanzas vigentes y definir la forma y condiciones de control.
Medidas. La reglamentación dada a conocer el jueves por el Ejecutivo no prohíbe la utilización de paragolpes ni polarizados, solo regula el uso.
En la normativa se dispone que los vehículos podrán tener láminas polarizadas de una tonalidad de hasta el 5% en los vidrios laterales y hasta un 35% para el parabrisas.
En el caso de las defensas delanteras, se señala que no podrán exceder los 20 centímetros ni los laterales del envolvente original del vehículo. Por su parte, los traseros no pueden exceder los 13 centímetros del envolvente ni tampoco los laterales.