Según el fallo, Esteban Isaac Fretes Galeano, fue favorecido con la reducción de la pena de 3 a 2 años de cárcel, con la suspensión de la ejecución de la condena. Deberá donar 200.000 guaraníes mensuales por 2 años al comedor de Sara Servián.
Asimismo, Jorge Ramón Benítez Galeano, que había sido condenado a 3 años, fue absuelto de culpa y reproche.
Votaron en mayoría José Agustín Fernández y Delio Vera, mientras que Bibiana Benítez, por anular la sentencia y que se repita el juicio oral.
La resolución apelada fue dictada el 10 de junio del 2016, por los jueces María Esther Fleitas, Gustavo Santander y Juan Carlos Zárate.
En el caso, se probó que los vehículos conducidos por Fretes y Benítez, jugaban carrera y hubo un roce que produjo un choque contra un árbol. En la colisión se incendió el rodado, donde falleció Marcio David Ruiz Galli, que era acompañante de Fretes.
Los camaristas dicen que la argumentación fue deficiente. Con ello, absolvieron a uno y redujeron la pena a otro.