28 mar. 2024

Plantean otro tipo de control al financiamiento político

Como un último intento para que en las internas partidarias del 17 de diciembre entre a regir un mayor control sobre el financiamiento de las campañas de los candidatos, el diputado liberal Jorge Ávalos Mariño presentó ayer un nuevo proyecto que plantea modificar la Ley 1015 de Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero (Seprelad), de modo que esta instancia sume a sus prerrogativas el control en las internas partidarias.

Alternativa.  Jorge Ávalos (i) explica su proyecto sobre Seprelad a sus colegas en plenaria.

Alternativa. Jorge Ávalos (i) explica su proyecto sobre Seprelad a sus colegas en plenaria.

El proyectista, que precisamente fue quien presentó las actuales modificaciones a la ley de financiamiento político para que rijan en las internas, propuesta que no pasó de comisiones, mencionó que se ven en la necesidad de buscar otros mecanismos para que se concrete el control sobre el uso del dinero en las campañas.

“La modificación de la ley de financiamiento que está en trámite ya no va a regir en estas internas y menos en las nacionales, entonces presentamos un proyecto que no guarda relación con el calendario electoral”, dijo Ávalos Mariño.

El documento prevé modificar la Ley 1015/97 “Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes”.

A criterio del parlamentario, de aprobarse el documento, podría entrar en vigencia para las internas de diciembre.

De esta manera la lupa de Seprelad también recaerá en los “partidos políticos, movimientos políticos, las alianzas y las concertaciones electorales, incluyendo a los distintos movimientos internos y los candidatos en las respectivas elecciones internas”.

Esos “sujetos obligados” al control de la Seprelad obligarían un mayor rigor en las cuentas y reportes financieros de los partidos. Seprelad por ley investiga las operaciones con dinero sucio como “terrorismo, lavado de dinero, narcotráfico”, entre otros.

El proyectista dijo que el Tribunal Superior de Justicia Electoral debe aplicar la ley si se la promulga más allá del 21 de agosto, fecha en la que se convoca a elecciones.