El centro, según el MEC, se amparó en la Ley Nº 5738, artículo 2, que avala la no inscripción de alumnos cuyos padres tienen una deuda con la institución.
Por este motivo, la Asesoría Jurídica “no encontró elementos de convicción para la instrucción de un sumario administrativo con referencia a los hechos denunciados y procedió al archivo de la denuncia”.
El MEC señala que llegó a un acuerdo, acta mediante, con la madre denunciante de la supuesta discriminación, se realizó la reubicación de los hermanos en un colegio público, con el fin de garantizar la educación de ambos.