Las modificaciones propuestas en sesión extraordinaria hacen alusión a la controvertida medida de los colegios privados de no dejar rendir a alumnos con retrasos en el pago de las cuotas.
La nueva redacción del artículo cuarto de la mencionada ley señala que el retraso en el pago del arancel por parte de padres, tutores o encargados no implicará la pérdida al derecho a exámenes.
Por otra parte, las instituciones pueden reservarse el derecho de admisión de los alumnos “morosos” a partir del siguiente año lectivo, indicó a ULTIMAHORA.COM la diputada de Avanza País, Karina Rodríguez.
Lo más probable es que esto entre en vigencia recién a partir del año 2016, ya que debe ser tratado por la Cámara de Senadores, y en caso de su aprobación, deberá ser promulgado por el Poder Ejecutivo.
De igual manera, Rodríguez se mostró optimista y apuntó que el sistema educativo no tiene por qué marginar a estudiantes por cuestiones económicas.
En los últimos días tuvo especial destaque la polémica decisión del colegio Salesianito de no tomar exámenes finales a 400 alumnos por estar retrasados en el pago de sus cuotas.