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NACIONAL | 11:44 | Miércoles, 16 de Mayo de 2012

Corte resolverá inconstitucionalidad de ITV en 10 días

El presidente de la Corte, Víctor Núñez, anunció este miércoles que en menos de 10 días, la máxima instancia judicial se expedirá sobre la acción de inconstitucionalidad contra la Inspección Técnica Vehicular (ITV), planteada por municipios.

Núñez confirmó que la Corte Suprema de Justicia resolverá la acción que había presentado la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci) ante la obligatoriedad de la ITV, informó la radio 650 AM.

La cuestión también es analizada en el Congreso. En la tarde de este miércoles, la Cámara de Diputados en sesión extraordinaria debe tratar el proyecto de derogación de la ley, luego de aplazar en varias ocasiones su estudio.

La Opaci se había manifestado contra la Ley 3.850/09 que establece la obligatoriedad de la ITV, por considerar que se realiza un doble pago: primero, para la verificación del vehículo y luego la habilitación del mismo, tanto en las municipalidades como en los locales donde se hace la inspección.

En la ley orgánica municipal está establecido el pago a los municipios por una inspección técnica para obtener la habilitación, mientras que a partir de la implementación de la Ley 3.850/09 se deberá abonar una nueva suma. También la Opaci sostiene que de los 22 artículos de la normativa, 12 son inconstitucionales.

Argumentos expuestos por la Opaci

- Atentado contra la autonomía municipal. Despojo de las atribuciones municipales constitucionales en materia de ITV.

- Apropiación de bienes municipales.

- Hipótesis de una doble imposición (cobro).

Precios de la ITV

La Ley 3.850 de la obligatoriedad de la Inspección Técnica Vehicular (ITV) como requisito previo para obtener la habilitación, establece que los casi 700.000 vehículos livianos inscritos en el Registro Único del Automotor (RUA), deben pagar 210.467 guaraníes (tres jornales mínimos) para realizar la verificación.

Mientras los ómnibus deberán abonar G. 420.935, los camiones G. 385.857, equipos G. 350.779, vehículos de carga G. 280.623 y trasportes escolares y motos G. 70.156

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