El Ministerio de Educación reglamentará las condiciones para el registro de los títulos que actualmente emiten las universidades.
El viceministro de Educación, Francisco Giménez, anunció que la cartera educativa "está abocada a una reglamentación, ya que actualmente es el Ministerio de Educación el que habilita al ejercicio de la profesión, porque el registro otorga valor legal al título emitido".
Recalcó que este procedimiento se cumple a ciegas, ya que el MEC no sabe que "si hubo cumplimiento de la carga horaria, o desarrollo completo del contenido y si los egresados obtuvieron las competencias mínimas que la carrera dice que otorga a los estudiantes".
Anunció que la referida normativa estará vigente en poco tiempo.
ACREDITACIÓN. El subsecretario de Estado también explicó que el trámite de la acreditación de carreras significa la certificación del cumplimiento de los criterios establecidos en las políticas de Estado y que no es un sinónimo de calidad.
Para aclarar el concepto, dijo que lo que se hace es establecer el piso de los criterios de calidad, pero no el techo. Como ejemplo, afirmó que para formar un médico, la carrera de medicina debe estar acorde con las políticas públicas del área de la salud y luego la institución educativa puede hacer su agregado en materia de más formación, lo que determinaría la diferencia entre una universidad y otra.
También mencionó que los cursos ofrecidos por los institutos superiores de educación deben estar acreditados al igual que las emergentes carreras a distancia.
Al respecto, mencionó que en el país está mal encarada la formación que se denomina no presencial, ya que se limitan a dar clases los sábados, a la mañana, o una vez al mes.