Martes 7 de Febrero  
Última Hora | Noticias ULTIMAHORA.COM
Archivo de ÚH Google
Asunción: 28°C. H 78.9%
ver pronóstico extendido
Toolbar de UH Fanpage en el FACEBOOK RSS
texto: | imprimir | enviar Alertas SMS
| EDICION IMPRESA | Miércoles, 14 de Julio de 2010

Solo quienes ganan el mínimo recibirán ajuste, según Gobierno

Solamente los que ganan el sueldo mínimo recibirán el reajuste del 7%, según reafirmó el Gobierno, que habla de una justa compensación; pero igual busca un mecanismo más exacto para calcular los aumentos.

Frente a las dudas de voces que daban a entender una cierta ambigüedad en el escrito del Decreto N° 4.686, por el que se reajusta el salario, el Ministerio de Justicia y Trabajo aclaró que el mismo sigue el espíritu de la intención gubernamental: otorgar la compensación solamente a quienes perciben el mínimo legal vigente, y no para todo el espectro de trabajadores del sector privado.

De acuerdo con el primer artículo de la normativa, se dispone el reajuste "en un siete por ciento (7%), de los sueldos y jornales del sector privado, que regirá a partir del 1 de julio de 2010, de los salarios mínimos vigentes en las actividades expresamente previstas, escalafonadas y las diversas no especificadas".

Así redactado, hizo dudar a muchos, pero el director del Trabajo, Filemón Delvalle, puntualizó que el tenor es claro en el sentido de otorgar el aumento sólo a quienes ganan el mínimo. Adelantó que hoy se publicará oficialmente, por intermedio de una resolución ministerial, la escala de salarios mínimos específicos para los distintos ámbitos de la actividad privada (cada rama de actividad especificada tiene un salario mínimo diferente).

Delvalle también especificó que el reglamento rige para ambas modalidades, es decir para los salarios mensualizados tanto como para los salarios por jornales, pero que la variante es prevista por la ley.

"El mínimo, en ambos casos, es único. Este puede ser medible globalmente o por jornales, pero la sumativa de los jornales debe alcanzar el mismo monto que el salario, siempre y cuando el trabajador jornalero desarrolle 26 jornales", explicó el funcionario.

"ACTO DE JUSTICIA". Recordó igualmente que el reajuste salarial surge como consecuencia de una serie de negociaciones ante una inminente medida de fuerza que iba a causar mucho perjuicio a la economía. "Es un acto de justicia hacia los trabajadores, ya que desde hace un año vienen absorbiendo la diferencia respecto de la inflación (es decir un 5%) en el incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que se les transfirió directamente", dijo.

Se otorgó el 7% de reajuste, ya que un hipotético 10% podía haber incidido negativamente en la economía, de acuerdo con técnicos que asesoran dentro de los organismos económicos del Gobierno, según dijo el director del Trabajo.

De esta forma, el salario mínimo legal vigente pasa de 1.408.863 guaraníes a 1.507.483 de la misma moneda, retroactivo al 1 de julio pasado. La última suba se dio en octubre del año pasado.

ESTUDIAN CAMBIAR CÁLCULO PARA REAJUSTE

Filemón Delvalle, director del Trabajo, dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo, citó el inciso "a" del artículo 256 del Código del Trabajo, al reafirmar que existe la coyuntura para el aumento, ya que las expectativas de crecimiento y las condiciones económicas son auspiciosas, y que el impacto de la medida oficial puede ser sostenible.

A la par de los estudios de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), se está desarrollando una reconsideración del sistema de cálculo y fijación de salarios que, a criterio del referente, debe ser modificado.

"Debe cambiar el sistema de cálculo, para dar apertura a una vinculación del salario con otros aspectos, como los de carácter impositivo, las penalidades e incluso el nivel de costos de alquileres, etc., para que no sea limitado sólo al cálculo del IPC", refirió.

Estas apreciaciones no coinciden con sectores empresariales, para los que no se dieron las condiciones como para establecer el incremento en el salario mínimo.

Se dejaron escuchar voces inclinadas a una eventual espiral inflacionaria, a suba incluso del pasaje de transporte público y a la absorción del sobrecosto por parte de los empleadores; cuyo representante en la Conasam había recomendado que no se fije aún el aumento.

texto: | imprimir | enviar Compartir este link

También te puede interesar

Tu opinión nos interesa
Hemos decidido dar otra opción para que los internautas puedan dejar sus comentarios. Este sistema estará basado en la utilización de una cuenta de la red social Facebook. Creemos esto permitirá una mayor transparencia y responsabilidad en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Esta nota posee comentario/s
 
Benjamin Constant 658 | Teléfonos: 496 261/8
Copyright 1997-2012 EDITORIAL EL PAIS S.A.
Seguinos en: Fanpage en el FACEBOOK UltimaHora en el Twitter RSS UltimaHora en Youtube