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| EDICION IMPRESA | Jueves, 27 de Agosto de 2009

Inecip dice que se debe hacer una nueva terna

El Consejo de la Magistratura debe elaborar una nueva terna de candidatos a la Corte, opina el Instituto de Ciencias Penales del Paraguay (Inecip).

El proceso de designación de un ministro de la Corte Suprema de Justicia, previsto en la Constitución Nacional, consta de tres fases diferentes e imprescindibles: la selección de una terna a cargo del Consejo de la Magistratura; 2) la designación de un candidato de la terna por el Senado, y; 3) el acuerdo que inexorablemente se requiere por parte del Presidente de la República, señala un pronunciamiento del Instituto.

"El no otorgamiento del acuerdo constitucional como fase final de este procedimiento es una atribución exclusiva y excluyente del Presidente de la República, por imperio del artículo 264, inciso 1º de la Constitución Nacional", agrega.

"El rechazo de la nominación de Agustín Lovera Cañete pone fin al proceso constitucional, pero no implica un ?veto' presidencial, pues esta figura constitucional está reglada para el proceso de formación de las leyes, el que es inaplicable en este caso. De ser aplicado, el Senado estaría usurpando facultades del Presidente de la República, imponiéndole una decisión", dice el documento.

Inecip aclara que "en el ámbito público, prevalece el principio de que "todo lo que no está expresamente permitido está prohibido". Por lo tanto, "ante el rechazo del candidato propuesto por el Senado para Ministro de la Corte, corresponde, según la Constitución Nacional, la integración de una nueva terna por el Consejo de la Magistratura", concluye.

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