Por Horacio Isaías Enciso C.
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La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió una resolución, la Nº 17, que fija el fraccionamiento del pago de impuestos atrasados y la escala de cuotas, que va desde 3 hasta 12 pagos, dependiendo del monto. La facilidad alcanza a todos los tipos de impuestos, multas y contravenciones.
La nueva resolución que crea facilidades para el pago de los tributos, señala que alcanza al impuesto a la renta a las actividades comerciales, industriales o de servicios (Iracis) anual, independientemente del régimen de liquidación aplicado.
Asimismo, incluye al pago del tributo único, el impuesto a la renta de pequeños contribuyentes (IRPC), impuesto a las rentas de actividades agropecuarias (Imagro), independientemente del régimen de liquidación aplicado.
GRANDES CONTRIBUYENTES. También abarca al impuesto a la renta del servicio de carácter personal (IRP), al impuesto al valor agregado (IVA), tanto por operaciones del mercado interno (Régimen General y Régimen Simplificado) como por importaciones, al impuesto selectivo al consumo (ISC), por importaciones.
Igualmente, al pago fraccionado alcanza a los débitos generados administrativamente por la SET resultantes de procesos de actualización de la cuenta corriente del contribuyente, que contemplen tributos y accesorios legales, excluidos los correspondientes a retenciones.
Asimismo están incluidas, para el fraccionamiento, las deudas por contravenciones generadas por la presentación de declaraciones juradas, comunicaciones que deban efectuar los contribuyentes u otras presentaciones que se realicen fuera de los plazos establecidos conforme a las normativas vigentes.
CONDICIONES. Conforme a la resolución, las facilidades de pago solamente se concederán cuando el monto total de la deuda tributaria, que excluye el tributo, intereses o recargos y multas) por la que se presentó la solicitud, sea igual o superior a un millón de guaraníes, salvo el caso de las contravenciones y las correspondientes a obligaciones de tributo único e impuesto a la renta del pequeño contribuyente, cuyo monto mínimo de fraccionamiento será de 300 mil guaraníes.
FRACCIONAMIENTO. La división de la deuda impaga en cuotas se dará una vez pagada la entrega inicial, cuando la solicitud de facilidades de pago sea aceptada. La distribución del saldo se hará en cuotas mensuales consecutivas registrada en la solicitud y la cantidad de cuotas no podrá exceder lo establecido en la tabla de fraccionamiento, que se observa en el cuadro que acompaña el material.
La entrega inicial o cuota cero es el equivalente del 25% de la deuda total, que debe ser abonada para tener derecho al fraccionamiento del pago de los compromisos pendientes con el fisco.
LA DETERMINACIÓN DE HACIENDA RESPONDE A NUMEROSOS PEDIDOS
El Ministerio de Hacienda aclaró en un comunicado que la decisión de relajar los plazos para el pago de los impuestos, multas y contravenciones se debe a la gran cantidad de pedidos planteados por numerosos contribuyentes.
Según las autoridades tributarias, a través de la resolución de la Subsecretaría de Estado de Tributación se crea una nueva y flexible vía de formalización para los contribuyentes de menores recursos, al habilitarse la posibilidad de fraccionar las deudas en concepto de contravenciones, facilidad que no era viable en el pasado.
La nueva disposición que empezó a regir desde el pasado 2 de julio, coincide con la acelerada reducción de los ingresos del fisco, que se observa como consecuencia del menor dinamismo en las actividades económicas, por la que se prevé una caída del PIB del 3,8%.