"Los animales sueltos que se encuentran en ámbitos de tránsito público en infracción a esta ley, serán decomisados y sacrificados en el acto por la autoridad municipal o la Policía Nacional (...)", así reza parte del artículo 4º de la ley 1.880, que reglamenta la permanencia o tránsito de animales sueltos en la vía pública. Sin embargo, esta normativa no es respetada por los propietarios ni el control establecido se lleva adelante en los municipios.
El inspector mayor Silvio Ruiz Díaz de la Policía Caminera manifestó que pese a existir una normativa que faculta a los municipios a intervenir en estos casos, realizan un control "poco serio" en Central y el interior del país.
ACCIDENTES. A lo largo de las rutas del país pueden verse animales vacunos, equinos y caprinos sueltos o amarrados para el pastoreo, acción también prohibida y una de las causas de accidentes de tránsito protagonizadas por estos seres que atraviesan las rutas sin ningún control.
El horario nocturno es el de mayor riesgo y el principal escenario de estos eventos es la ruta 1 a la altura de Misiones, según explicó el inspector Silvio Ruiz Díaz de la Policía Caminera.
Los vacunos, equinos o caprinos son atropellados o al esquivarlos los conductores arriesgan sus vidas. Por esto, la Policía Caminera presentó al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) un plan de acción contra animales sueltos en ámbito de tránsito público con el objetivo de involucrar a los juzgados de Paz, municipalidades, Policía Nacional y Caminera en un operativo que apunta a disminuir la problemática de la inseguridad vial que genera la presencia de estos animales en las rutas.
El plan tendrá un periodo de implementación de seis meses a partir de julio de este año, luego ya los propietarios tendrán noción de las consecuencias del riesgo y la pérdida económica que conlleva la muerte por accidente o por sacrificio de sus animales, manifestó el inspector Ruiz Díaz.
"Los propietarios no quieren quedarse sin sus animales, pero además de crear inconvenientes en el tránsito, también los exponen al peligro", indicó. Según la legislación, el producto de la venta del animal faenado debe ser destinado a alguna entidad de servicio social o de bien público en caso de que el propietario no se presente dentro de los tres días del hecho.
ESTRATEGIAS. Con la puesta en marcha del plan, se pretende contar con registros de intervenciones y así identificar los puntos críticos para definir la política de acción por parte de los intervinientes.
"La Caminera busca que se ejecute el operativo porque estamos hablando de seguridad vial; tenemos muchos casos de accidentes de tránsito como consecuencia de los animales sueltos en la vía pública, pero no contamos con las herramientas necesarias para llevar adelante un control, entonces es bueno que otras instituciones hagan su parte", explicó.
Entre los posibles patrocinantes citados por Ruiz Díaz para la colaboración en el plan están la Asociación Rural del Paraguay, Asociación de Jinetes y Amazonas del Paraguay, frigoríficos, FFAA, entres binacionales para recursos publicitarios y del sector privado que se sienta afectado por la falta de control.
NORMAS DE TRÁNSITO EN VIGENCIA
En la ley 1.880 del 2002 que reglamenta la permanencia o tránsito de animales sueltos en la vía pública, dispone en su artículo 2º la prohibición de la permanencia de animales sueltos y solo podrán situarse excepcional y temporalmente en sitios que no constituyan rutas nacionales o interdepartamentales o vías públicas y plazas del ejido urbano de las municipalidades, siempre que estén amarrados, asegurados o bajo el resguardo de pastores o cuidadores.
El artículo 6º indica que el monto obtenido de la venta de la faena podrán ser retirados en los tres días por quien acredite ser propietario, en caso contrario será entregado a alguna entidad de servicio social o de bien público ubicada dentro del ejido de la Municipalidad donde fue sacrificado el animal.