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| EDICION IMPRESA | Jueves, 09 de Octubre de 2008

La carta de intención no es un tratado ni acuerdo

El doctor Roberto Ruiz Díaz Labrano, catedrático de Derecho de Integración de la UNA, afirmó que no todos los documentos que el presidente de la República firma con otros Estados deben pasar por el Congreso.

Las cartas-intenciones no son tratados ni acuerdos y el Congreso Nacional no tiene competencia para aprobar las mismas, afirmó el doctor Roberto Ruiz Díaz Labrano, catedrático de Derecho a la Integración de la Universidad Nacional de Asunción.
Ruiz Díaz comentó sobre el reclamo de algunos legisladores que piden al presidente Fernando Lugo que remita los documentos suscritos con el presidente de Venezuela, Hugo Chávez, al Congreso Nacional para su estudio.
"La carta intención significa que nosotros estamos iniciando tratativas con otro gobierno. Además, no existe una obligación inmediata del presidente de la República de informar o remitir al Congreso para su aprobación, porque no es competencia del Poder Legislativo aprobar cartas de intención sino los tratados y acuerdos internacionales", dijo el jurista. El catedrático insistió en que "la carta-intención no es sinónimo de acuerdo o tratado".
OPORTUNIDAD. El entrevistado señaló que "el Poder Ejecutivo es el que define el momento en que tiene que presentar al Congreso los documentos firmados con otros Gobiernos o Estados. "El Poder Ejecutivo remite al Congreso los documentos sobre tratados o acuerdos, una vez concluidos. Ahí serán ratificados o desautorizados. Si son desautorizados no formarán parte del ordenamiento jurídico interno de Paraguay", agregó.
Ruíz Díaz señaló que no siempre los documentos firmados por el Poder Ejecutivo son enviados al Congreso, sino solamente los relacionados con jurisdicción y soberanía. "Hay muchos acuerdos que se firman con gobiernos del Mercosur que tienen efecto económico y no pasan al Congreso", agregó.
"El manejo de las relaciones internacionales es propio del presidente de la República, y no siempre informa al Congreso sobre todo lo que hace en ese ámbito. En ese caso, una llamada telefónica a George Bush, a Hugo Chávez o a Lula da Silva tenía que informar. Es absurdo", dijo.
El jurista dijo que sobre temas energéticos, por ser una cuestión de soberanía nacional, el presidente debe remitir los documentos al Congreso, pero una vez que concluyan los acuerdos, no las cartas intenciones. El jefe de Estado debe hacer su rendición de cuenta global en su informe anual ante el Congreso, señaló.
"TODO DEBE PASAR POR EL CONGRESO"
El ex canciller, Luis María Ramírez Boettner, sostiene que "todos los documentos firmados por el Poder Ejecutivo, sean acuerdos, tratados, convenios o cartas de intención, deben pasar por el Congreso Nacional".
En ese sentido, discrepa con la opinión del profesor Roberto Ruíz Díaz Labrano.
Para Ramírez Boettner, la carta-intención es una simple nomenclatura que se utilizan para realizar los acuerdos y por eso debe pasar igual por el Congreso Nacional.
Sin embargo, para Ruíz Díaz Labrano, la carta intención es una etapa previa a un acuerdo que aún debe finiquitarse y que por eso no debe pasar al Congreso Nacional. Aquí se debe estudiar los acuerdo ya finiquitados, según el catedrático.
El presidente de Venezuela, Hugo Chávez, firmó varias cartas-intención con Fernando Lugo, como ser, para ayudar a Paraguay en materia energética, en materia de salud (la construcción de centro oftalmológico) y para la incorporación de Paraguay en TeleSur.
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