24 abr. 2024

“No existen los mandatos imperativos de los partidos”

“Lo que hizo ahora el Tribunal Superior de Justicia Electoral fue confirmar esa medida cautelar, por lo tanto queda firme la suspensión de las sanciones. Ahora vuelve a la Primera Sala (del Tribunal Electoral de la Capital) para que se trate el problema de fondo... La segunda resolución afecta al PLRA, que también tenía sanciones previstas a los que no siguiesen el lineamiento de la convención y el Comité Ejecutivo, y en este caso sí es una sentencia definitiva, diciendo que no existen los mandatos imperativos y, por lo tanto, los parlamentarios no pueden ser sancionados”, explicó ayer Luis Alberto Mauro, asesor del TSJE.

Luis Alberto Mauro

Luis Alberto Mauro

El mismo recordó el caso dado años atrás con Domingo Laíno, quien fue expulsado por el PLRA al no seguir los mandatos partidarios, pero finalmente la Justicia Electoral anuló dicha resolución y la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia.

“No existen mandatos imperativos, quiere decir que los parlamentarios y los concejales pueden seguir su propio criterio cuando votan, porque son electores por el pueblo, por lo tanto responden al pueblo y no al mandato de un partido”, manifestó Mauro.

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