Sindulfo Blanco, ministro de la Corte Suprema de Justicia, cuestionó a través de una nota dirigida a la máxima autoridad del Poder Judicial, Luis María Benítez Riera, los errores con los que se plantea el proyecto de ley que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones.
El escrito, al que accedió Última Hora, fue remitido el pasado 22 de mayo, con copia al presidente de la Cámara de Senadores, Roberto Acevedo.
“Si las acciones al portador desaparecen no habría razón lógica ni jurídica para seguir recordando a las sociedades anónimas. En todo caso, debiera denominarse sociedades de capital”, apunta.
El ministro dice que si bien el proyecto busca transparentar la fortuna subterránea, asegura que con esta ley “la solución constituye otra vez un simple parche al sistema”.
Blanco señala que el proyecto olvida constituir alguna entidad reguladora del accionar de todo tipo societario, sea esta con o sin fines de lucro, como ser en este último caso el de las fundaciones o iglesias del culto que fuere.
“La tarea de este órgano regulador va llenar un sentido hueco en la vida institucional del país, especialmente, con el objeto de transparentar la economía, cambatir los fraudes contables y evitar los mecenas que utilizan a las entidades para el lavado de dinero”, subraya.
También recuerda que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda carece de competencia jurídica funcional para ocuparse del manejo societario de tales entidades.
“En resumidas cuentas, su tarea, ilegal por cierto, se reduce a la incómoda función de constituirse en depósito de papeles de comunicación de asambleas, pues en la Ley 109/02, que es su creadora, no figura ni siquiera esas atribuciones y, aun más, no puede fiscalizar las sociedades, ni siquiera en materia asamblearia”, analiza Blanco en el mismo escrito.
El ministro de la Corte señala que un decreto del Poder Ejecutivo hizo que se atribuyera funciones adicionales a la Abogacía; sin embargo, remarca que los decretos jurídicamente son insuficientes para atribuir competencias funcionales a los entes públicos.
“Es que los de la Abogacía del Tesoro piensan, seguramente, que el control societario interno corresponde a la Subsecretaría de Estado de Tributación, lo que es equivocado porque a esta última solo interesa regular el cumplimiento de las obligaciones impositivas, y nada más”, remarca.
Finalmente, dice que es oportuno generar una entidad jurídica que tenga por tarea regular todo el movimiento interno de las sociedades con y sin fines de lucro. “Habida cuenta que, en la práctica, existe informaciones que dan pie a pensar que algunas sociedades son montajes jurídicos de quienes quieren evadir la ley”, concluye la nota del ministro.