La resolución, firmada por los magistrados Myrian Cristaldo, Alejandro Herrera Duarte y Gladys Lahaye, establece al Directorio, al Tribunal de Conducta y al Tribunal Electoral Independiente del PLRA, o a cualquiera de sus órganos, la prohibición a disponer la exclusión o suspensión de los recurrentes en el padrón electoral partidario.
“Dejando establecido asimismo que el padrón partidario no podrá sufrir modificaciones ni tampoco podrán dictarse medidas referidas al ejercicio del derecho del sufragio activo ni pasivo que les corresponde, ínterin y a las resultas de este juicio”, señala el texto.
Ordena además que la parte recurrente preste contracautela de carácter personal en secretaría a los efectos legales, antes de la implementación de la resolución que fue firmada este viernes 2.
PUJA. Tras la crisis política alrededor de la pelea por la enmienda para la reelección presidencial, el presidente del PLRA, Efraín Alegre, y otros dirigentes amenazaron con expulsar a los legisladores que apoyaron la enmienda pese a la resolución de la convención del PLRA que rechazó dicha propuesta.
Ante las acciones en este sentido en el PLRA y con miras a las próximas elecciones internas que se realizarán para definir las candidaturas en las generales del 2018, los legisladores involucrados presentaron una acción de nulidad contra la resolución del Tribunal de Conducta y solicitaron una medida cautelar en este sentido.
La resolución del Tribunal Electoral de la Capital otorga la medida cautelar, pero aún no resuelve el problema de fondo planteado respecto a si pueden ser sujetos de sanción o no los legisladores que desobedecieron la línea partidaria de la convención del PLRA, que resolvió rechazar la enmienda el año pasado.
La tensión en el PLRA va en aumento en la medida que se acercan las internas partidarias donde se enfrentarán los distintos movimientos con sus respectivas candidaturas para ocupar cargos electivos en las generales del año próximo, y dicho juicio es clave para saber el destino de varios dirigentes liberales.