Aunque ha sido un evidente gesto populista que la mayoría de los miembros de la Cámara de Senadores trate el proyecto de ley de paridad democrática y lo apruebe, otorgándole media sanción justo en el Día Internacional de la Mujer, el jueves 8 de marzo, subsisten muchas interrogantes acerca de cómo será su aplicación efectiva en el caso de que también sea aprobado por Diputados y sancionado por el Poder Ejecutivo.
La ley de paridad democrática es un reclamo de las organizaciones de mujeres que desde hace cuatro años vienen luchando por su tratamiento en el Congreso, planteando que mujeres y hombres puedan acceder en forma paritaria, es decir con representación obligatoria de un 50% de hombres y un 50% de mujeres en los cargos de elección, designación y en la selección del funcionariado público.
Desde el punto de vista reivindicativo, es evidente que la media sanción de la ley significa una importante conquista para la lucha de las mujeres, en el contexto de una sociedad marcada por una fuerte cultura machista, en donde la mayoría de los cargos electivos son monopolizados por hombres, a pesar de que el 49% del padrón electoral para las elecciones generales de abril próximo está compuesto por mujeres, según informó recientemente el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). En contrapartida, solo el 17% de los actuales legisladores son mujeres y solo el 11% de los 250 municipios que existen en el país están encabezados por mujeres. El dato más significativo es que, hasta ahora, en toda la historia independiente del Paraguay, ninguna mujer accedió a la presidencia de la República. Justamente el jueves, también por primera vez en la historia del país, una mujer fue designada como fiscala general del Estado.
Desde esta perspectiva, no se puede dejar de darles la razón a las propulsoras del proyecto de paridad democrática, en el sentido de que solo con el poder coercitivo de una ley los partidos y movimientos políticos, así como los organismos del Estado, otorgarán más espacios de igualdad a las mujeres.
Desde otro punto de vista, son también atendibles los cuestionamientos al proyecto, en el sentido de que establece cupos, pero no garantiza la idoneidad de las personas que deben componer la candidaturas. Y los detalles técnicos más cuestionados tienen que ver con la manera en que se compondrán las listas durante las elecciones internas, con interrogantes acerca de cómo queda el respeto a la voluntad popular al integrar las listas según el sistema d’Hondt para cumplir con lo dispuesto por la posible nueva ley.
Son interrogantes que los legisladores deberán resolver en el tratamiento del proyecto en la Cámara de Diputados. Lo que se espera es que constituya un significativo avance para el proceso democrático y no un retroceso.