19 abr. 2024

La CorteIDH condena a Ecuador por la desaparición forzada de un peruano en 1995

San José, 18 abr (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy una sentencia en la que condena al Estado de Ecuador por la desaparición forzada del peruano Jorge Vásquez Durand en 1995, en el marco del conflicto armado del Alto Cenepa entre ambos países.

La Corte Interamericana concluyó que "Jorge Vásquez Durand fue víctima de desaparición forzada, en violación de sus derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y reconocimiento de la personalidad", indica el fallo. EFE/Archivo

La Corte Interamericana concluyó que “Jorge Vásquez Durand fue víctima de desaparición forzada, en violación de sus derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y reconocimiento de la personalidad”, indica el fallo. EFE/Archivo

La Corte Interamericana concluyó que “Jorge Vásquez Durand fue víctima de desaparición forzada, en violación de sus derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y reconocimiento de la personalidad”, indica el fallo.

Vásquez era un comerciante peruano de artesanías que vendía sus productos en ambos países y se encontraba en Ecuador a finales de enero de 1995, cuando fue detenido por miembros del Servicio de Inteligencia ecuatoriano, sin que se conozca su paradero desde entonces.

“En mayo de 2007 Ecuador creó una Comisión de la Verdad, a la cual encargó la investigación de las violaciones de derechos humanos ocurridas entre 1984 y 2008 y su informe final, emitido en junio de 2010, concluye que Vasquez Durand fue objeto de tortura, desaparición forzada y privación ilegal de la libertad”, explica la CorteIDH.

“La labor de la Comisión de la Verdad ha sido el mayor esfuerzo investigativo que se ha hecho en Ecuador respecto del caso del señor Vásquez Durand hasta el momento”, agregó.

En la sentencia, con fecha del 15 de febrero de 2017 y notificada este martes a las partes, la Corte Interamericana reiteró su jurisprudencia en torno a la desaparición forzada de personas acreditando tres elementos: la privación de la libertad, la intervención directa de agentes estatales y la negativa de reconocer la detención y de revelar la suerte o el paradero de la persona interesada.

La Corte también concluyó que Ecuador violó las garantías judiciales y la protección judicial de los familiares de Vásquez, porque no se había iniciado una investigación apenas esta se puso en conocimiento del Estado, así como su derecho a conocer la verdad y su derecho a la integridad personal por el sufrimiento causado.

“Al momento de dictar la sentencia la investigación (abierta en 2010) aún se encontraba en la etapa más preliminar y Ecuador no había realizado una búsqueda seria para localizar el paradero de Vásquez”, agregó la CorteIDH.

El fallo ordena al Estado realizar una serie de reparaciones a los familiares de la víctima, además de identificar, juzgar y sancionar a los responsables de la desaparición forzada y realizar una “búsqueda rigurosa, sistemática y con los recursos humanos y económicos adecuados para determinar el paradero de Jorge Vásquez Durand”.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus fallos son de acatamiento obligatorio para los países miembros.

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