Señaló que la ANR tomó la iniciativa de presentar la acción, ya que ni la Fiscalía Electoral ni el TSJE hicieron algo al respecto.
Agregó que Lugo tendrá que contestar la demanda y si él persiste en la tesis de que puede ser candidato de vuelta, el TSJE remitirá el caso a la Corte Suprema de Justicia que tendrá la decisión en sus manos para la interpretación del artículo 229 de la Constitución Nacional.
“El artículo 292 del Código Electoral establece cuáles son las propagandas prohibidas. Nosotros creemos que Lugo hace propaganda prohibida porque se da una cuestión sistemática al instalar un tema a un auditorio”, dijo.
Agregó que Lugo primeramente señaló que iba a evaluar si su estado de salud le permite candidatarse, y luego dijo que evaluará la situación para finalmente asegurar que está habilitado por la Constitución Nacional para ser reelecto.
“En ese sentido, el inciso b del artículo 292 claramente señala que hacer propaganda tratando de afectar el orden público puede lesionar la situación política nacional”, aseveró el abogado.
Señaló que Lugo frecuentemente menciona que cuenta con el 70% de popularidad y “quiere decir que lo que él quiere es movilizar a la gente”.
Indicó que si se llega a candidatar, en las internas nadie lo va a impugnar, pero puede cuando inscriba su candidatura en el TSJE, seguramente se le va a impugnar.
“Sin embargo, él va a hacer campaña desde ahora, hasta febrero del 2018, instalando una interpretación torcida de la Carta Magna”, precisó, teniendo en cuenta que la etapa de impugnaciones se dará en febrero del 2018.
“Nosotros no decimos que Lugo haga campaña política, sino campaña electoral. Fuimos a la Justicia Electoral porque es la institución a la que hay que recurrir ante la violación de una norma electoral, ya que Lugo está inhabilitado para ser candidato”, expresó.