Por Susana Oviedo
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Sumas millonarias, como pago de indemnización a funcionarios que demandaron en la instancia de lo contencioso administrativo al Ministerio de Relaciones Exteriores, por razones laborales, y el ingreso al escalafón diplomático vía judicial están quedando en el pasado de esta Secretaría de Estado, asegura el abogado Rubén Darío Ortiz, director general de Asuntos Legales.
¿Por qué?, porque internamente se tomaron medidas de carácter administrativo y jurídico, y porque, además, a partir de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia se sentó la jurisprudencia de que el ingreso al Escalafón Diplomático y Consular debe darse exclusivamente vía concurso de oposición y méritos.
Cuando asumió el actual Gobierno, en agosto de 2013, Ortiz y su equipo se encontraron con 72 juicios activos que habían promovido funcionarios por diversas circunstancias. Actualmente continúan en proceso 60, de los cuales varios ya obtuvieron en primera instancia fallos favorables al MRE, y se encuentran en etapa de apelación.
“Cargamos con el estigma de que muchas personas creen que perdemos en todas las demandas planteadas contra el Estado”, reconoce el abogado. Sin embargo, asegura que en los últimos años ya no es así, y explica que gracias a un trabajo interinstitucional con la Procuradoría General de la República, en estos momentos obtuvieron 33 sentencias favorables. Además, que en lo que va del mandato del canciller Eladio Loizaga, solo registraron 3 demandas nuevas.
Tradicionalmente, una de las demandas más comunes promovidas por los funcionarios del servicio diplomático ha sido para reclamar el ingreso al Escalafón Diplomático y Consular, establecido en 1999. 26% de los escalafonados lo hicieron por esta vía. “La mayoría de las demandas que están en trámites se iniciaron hace algunos años”, aclara Ortiz.
Causas. Muchas son por incumplimiento de los derechos fundamentales de los funcionarios. Se otorgaban categorías sin disponer el rubro correspondiente, tanto en el servicio local como exterior.
Nombraban a alguien como consejero en alguna embajada, pero como no había rubro para esta categoría, el funcionario seguía cobrando como primer secretario (categoría inferior).
O a la inversa: un consejero designado para el servicio exterior percibía una remuneración correspondiente al rango de ministro. Y al volver al servicio local, reclamaba vía judicial su ascenso automático esa categoría del escalafón diplomático. “Este tipo de desórdenes producían muchas demandas contra la institución. Pero reitero, hoy día, estas situaciones se han corregido, ya no suceden”, explica.
La Dirección General de Administración y Finanzas presupuestariamente corrigió estas situaciones, agrega.
Se está trabajando en el respeto irrestricto de los derechos fundamentales de los funcionarios públicos. De este modo se redujeron las demandas judiciales y, en consecuencia, el pago de resarcimientos o indemnizaciones, afirma el asesor legal.
“Hemos tomado todos los recaudos administrativos y legales para evitar nuevas demandas”, y dentro de los reclamos judicializados, buscamos un resultado favorable al ministerio”, aclara.
Entre los juicios planteados en años anteriores, y que hoy tienen una interpretación diferente en el ámbito contencioso administrativo, se encuentran los de funcionarios que reclaman haber sido violentados en sus derechos porque le dejaron un tiempo muy breve en el servicio exterior.
La Ley 1335 del Servicio Diplomático y Consular establece 6 años como el plazo máximo de permanencia fuera del país, pero no fija un mínimo. La posición que defiende la Cancillería es que, por razones de servicio, las autoridades pueden disponer el retorno del funcionario en cualquier momento.