Así lo expresa la sentencia 225 del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, que concedió esta “medida cautelar” el pasado jueves, y que fuera solicitada por la Dinapi. “Estamos evaluando los alcances de la resolución, donde se concede la medida cautelar, dando amplias facultades a la Dinapi para fiscalizar APA, incluso de usar la fuerza pública. En breve, emitiremos un comunicado sobre las líneas a seguir”, señaló Leopoldo López, funcionario de la entidad.
Añade que APA era renuente al control y la fiscalización, desconociendo incluso la resolución de suspensión de Dinapi, por 180 días. “Esta medida es clave porque reafirma la potestad de Dinapi de fiscalizar, controlar y sancionar”, enfatiza el funcionario estatal.
López considera que “la resolución de suspensión a APA está firme” y ratifica que “no está suspendido el derecho de autor”. Manifiesta, asimismo, que una vez normalizada la situación de APA, los aportantes –radios, productores de espectáculos y otros– también regularizarán los pagos ante la entidad, hoy suspendida.
Aclaró, en tanto, que esta resolución del Tribunal “no designa un administrador judicial” y la parte resolutiva no aborda el aspecto de cómo quedaría la administración de la sociedad. “Hay un pedido de un grupo de artistas que solicitaron la intervención judicial. Esto es una solicitud independiente al pedido de Dinapi”, afirmó.
APA NO SE NIEGA. Rubén Ayala, abogado de APA, sostuvo que la entidad “nunca se negó” a la fiscalización por parte de Dinapi y afirmó que la asociación “pondrá una oficina (en la sede del ente) para los fiscalizadores (de Dinapi) no recusados vengan a trabajar como corresponde”.
Agregó que si consideran que existe algún documento escondido, la Dinapi “puede pedir una orden judicial para allanar”.
En tanto, aclaró que Dinapi “no puede administrar APA”, lo cual está expresado en texto del Tribunal. Asimismo, dijo que pedirán una aclaratoria de si los papeles de APA “pueden ser o no secuestrados”.