19 abr. 2024

Justicia no les ofrece garantías, argumentan

En representación de los cuatro ciudadanos paraguayos, el presidente del PLRA, Efraín Alegre, en calidad de abogado de los procesados, pidió oficialmente el asilo para sus compatriotas en la sede de la cancillería uruguaya en Uruguay.

“Es vital para nosotros acogernos al derecho de asilo de manera a preservar nuestras vidas, integridad personal, y con posterioridad, someternos al proceso judicial en el país, cuando cesen las presiones indebidas sobre el Poder Judicial”, expresa parte del argumento de la solicitud de asilo que contiene 19 páginas.

Enumeraron varios tratados del derecho internacional, al que está suscripto nuestro país, entre ellos del Tratado de Derecho Penal de Montevideo del año 1889, ratificado por Argentina, Bolivia, Perú, Uruguay y Paraguay, que estableció las bases de una figura convencional que fue adquiriendo dimensiones continentales que precisaron la fisonomía del asilo como una institución protectora de derechos humanos fundamentales, tales como: La Convención de Asilo de 1928 (La Habana), la Convención de Asilo, Montevideo, 1933, el Tratado sobre Asilo y Refugio Político de 1939 (Montevideo), el Tratado de Derecho Penal Internacional de 1940 (Montevideo), así como la Convención de Derechos Humanos de 1969 (Costa Rica).

Pronunciamiento. El senador del Frente Amplio del Uruguay, Rafael Michelini se hizo eco de la situación de Steven Patrón para quien pidió libertad por su “injusta prisión en la cárcel de máxima seguridad en Paraguay”.

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