El amparo promovido por senadores para evitar que se trate el proyecto de enmienda constitucional en Diputados fue rechazado ayer por la jueza María Rosa González. La magistrada argumentó que el amparo tenía directa relación con la acción de inconstitucionalidad planteada ante la Corte en contra del cambio de reglamento, por lo que no quería dictar fallos contradictorios.
La garantía constitucional fue promovida por el titular del Congreso, Roberto Acevedo, y sus colegas Eduardo Petta, Emilia Alfaro, Mario Abdo Benítez, Luis Alberto Wagner y Miguel Abdón Saguier.
Además, firmaron los legisladores Enrique Bacchetta, Miguel López Perito, Carlos Amarilla, Arnoldo Wiens, Silvio Ovelar y Blanca Ovelar.
Los parlamentarios solicitaban que la jueza ordene que la Cámara de Diputados no trate el proyecto de enmienda constitucional que busca permitir la reelección presidencial.
Esto, porque entendían que la resolución de los 25 senadores, tomada fuera de la sala de sesiones de la Cámara Alta, era nula y sin valor.
Por su parte, el titular de la Cámara de Diputados, Hugo Velázquez, contestó el pedido de informes, donde adjuntó todos los antecedentes, entre ellos, la resolución por la que se fijó la sesión para el sábado 1 de abril. Además, la suspensión de la sesión luego de los hechos ocurridos en el Congreso y que derivaron también en la muerte de Rodrigo Quintana, ocurrida en el local del Partido Liberal Radical Auténtico.
EL FALLO. En su resolución, la jueza de la Niñez cita todas las características del juicio de amparo constitucional.
Luego señala que los amparistas pretendían que el Juzgado evitara la sesión ante el inminente tratamiento del proyecto de enmienda.
Refiere que es de público conocimiento que el amparo tiene como antecedente la resolución que modifica el reglamento interno de la Cámara Alta.
Afirma que existe una acción de inconstitucionalidad en la Corte presentada por los mismos amparistas, contra la resolución que cambió el reglamento interno.
“Cabe destacar que los actos emanados de los poderes públicos gozan de presunción de legitimidad y para contrarrestar estos efectos es menester que se acredite la arbitrariedad del mismo o la validación de una ley para que fenezca aquella presunción”, remarca.
Añade que esta “es tratada en la acción de inconstitucionalidad, por lo que, a fin de evitar una sentencia contradictoria con la dictada por el máximo tribunal de la República, creando de esta manera un caos jurídico, esta magistrada considera, sin entrar a estudiar el fondo de la cuestión, que corresponde rechazar el amparo”.
Con ello, rechaza el amparo promovido por los 12 senadores. La resolución ya fue notificada a los legisladores, quienes a través de su abogado podrán apelarla.