16 abr. 2024

Juez dictó rebeldía y captura para dos liberales refugiados

Por la supuesta fabricación de bombas molotov, el juez de Garantías Gustavo Amarilla decretó ayer la rebeldía y dictó captura contra dos de los jóvenes liberales que tienen refugio en el Uruguay.

Medida.  Compatriotas que buscaron refugio en Uruguay.

Medida. Compatriotas que buscaron refugio en Uruguay.

Además, el juez también rechazó dos pedidos hechos por el procesado Stiben Patrón que había requerido cambiar de calificación y su desvinculación de la causa.

Los afectados por la rebeldía y captura son Rubén Moisés Galeano y Daniel Aquino, quienes actualmente se encuentran en la ciudad de Montevideo, Uruguay, con refugio.

El juez interino de la causa Miguel Tadeo Fernández les había citado para la audiencia de imposición de medidas cautelares, pero los mismos no se presentaron a la diligencia.

Paralelamente, su defensa había recusado al juez Fernández, con lo que se trabó la diligencia.

Al final, el juez de la causa, Gustavo Amarilla, tras analizar el caso, teniendo en cuenta que no se presentaron a la audiencia, decretó ayer la rebeldía y la captura.

Sin embargo, no decretó la orden de captura internacional, debido a que espera que sea requerido por la Fiscalía.

RECHAZOS. El magistrado rechazó la excepción de falta de acción planteado por la defensa de Stiben Patrón.

Decía que la imputación no tenía razón de ser, porque la ley no contemplaba a las molotov como bombas, con lo que no existía hecho punible.

No obstante, el juez refirió en su fallo que los dictámenes dicen que la molotov sí es un explosivo. Con ello, la Fiscalía sí tiene acción y puede ejercer la acción penal.

Por otro lado, el juez también rechazó el incidente de cambio de calificación requerido por la defensa de Stiben Patrón.

La misma quería que cambiara la calificación del hecho. En otras palabras, de fabricación de bombas, con pena de hasta 10 años, quería que se cambiara producción de riesgos comunes, con pena hasta 5 años, y así tener medidas alternativas.

El juez entendió que el argumento que tenía era contradictorio con respecto a lo solicitado. Esto, porque por un lado dice que no existe el delito, pero por otro alega que se cambie la calificación.

Con ello, también rechazó el pedido de cambiar la calificación del delito que se atribuye a Patrón.