25 abr. 2024

Infractores de la Ley de Tránsito pagarán de 1 a 20 jornales

El ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Ramón Jiménez Gaona, firmó la resolución N° 1416, de fecha 25 de agosto, mediante la cual se reglamenta la Ley N° 5016/14 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, que está vigente desde mayo pasado.

En el documento se establece el régimen de infracciones y sanciones por faltas leves, graves y gravísimas, con sus respectivas multas. La primera tendrá una carga de uno a tres jornales; la segunda, de cuatro a diez, y la última de once a veinte jornales.

“Por no tener las luces prendidas, cuatro jornales; por manejar alcoholizado, diez jornales; por adelantar en doble raya, cinco jornales”, enumera Luis Christ Jacobs, director de la Policía Caminera, algunas de las infracciones que serán sancionadas.

Gradual. Jacobs explica que para una correcta aplicación de la Ley de Tránsito están capacitando al personal de la Caminera.

“No todas las faltas van a ser multables. Estamos más bien atendiendo las cuestiones que son de vida o muerte”, remarca el director.

¿Qué es lo que se va a multar entonces? “El no uso de cinturón, los que manejan alcoholizados, chatear mientras se conduce, la obligación de mantener las dos luces durante el día, el exceso de velocidad, los adelantamientos peligrosos, el casco reglamentario de los motociclistas, las documentaciones, entre otros”, detalla el directivo en orden de prioridades.

“Esas son las cosas que vamos a estar multando. Ahora, no vamos a exigir balizas, matafuegos; pero si algún vehículo se descompone y le sorprendemos en la banquina sin instalar su baliza ahí se le va a multar por eso”, apunta.

De forma gradual, dice, irán agregando a los controles las demás faltas en atención a que no pueden hacer un proceso “de golpe”.

“Lo mismo haremos con los motociclistas, vamos a estar concienciando, para eso capacitamos al personal”, insiste.

No obstante, el control sobre el cumplimiento de la Ley de Tránsito y la aplicación de multas a los infractores tendrá lugar con mayor exigencia en las calles y avenidas principales y en las rutas nacionales.

Multa electrónica. Por caminar en la calzada, un peatón se expone a una amonestación y, en caso de reincidencia, a una multa de un jornal. Esta infracción, configurada entre las leves, son las que se aplicarán una vez que funcione la multa electrónica.

Mientras, el apercibimiento verbal se hará las veces que fuera necesario hasta tanto se tenga disponible la base de datos. “Cuando podamos tener datos estadísticos en el lugar de trabajo, ahí sí vamos a poder decirle a una persona cuántas veces ya se le amonestó”, comenta Jacobs, al estimar que esta tecnología estaría disponible recién a finales de año.

“Dentro de uno a tres meses vamos a salir con estos equipos, donde se deberán cargar fehacientemente los datos de los infractores. Eso queda encriptado en una caja negra y ya no se puede manipular”, dice.

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