Excepción. Al igual que la anterior ocasión, la importación del aceite de cannabis se realiza dentro de la figura de uso compasivo. La ley establece que se puede permitir el ingreso de ciertos productos que no cuenten con registro sanitario, a través del pedido del médico que presenta la solicitud ante el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
“Hay cierta biografía del uso del producto, pero hay que entender que en este caso su uso se permite bajo esa excepción para su uso clínico. Prácticamente es una prueba que se está haciendo con el paciente. Puede ser que resulte efectivo como puede que no”, señala el doctor José Cardozo, de Farmacología del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
La importación del producto se realiza unos meses después de la primera autorización también para tratar un cuadro epiléptico.
Con respecto a la entrada de estos medicamentos, el funcionario del MSP explicó que luego de que la solicitud es presentada se realiza todo un estudio al respecto de la droga a ser utilizada. También se evalúa si no existe una similar en plaza. Una vez finalizado todo ese proceso, se autoriza el ingreso del medicamento. Cardozo aclaró que el tiempo de estudio varía en cada caso.