Este fallo fue confirmado ahora por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, por los camaristas Anselmo Aveiro, José Agustín Fernández y Cristóbal Sánchez.
El caso se inició en el 2008, cuando la niña y su padre acusaron al padrastro de haber abusado sexualmente de ella, por lo que el hombre fue imputado, estuvo preso y fue a juicio oral. No se dan las identidades para proteger a la menor.
Sin embargo, ya dentro del proceso, la niña reconoció que su padre la había dicho que contara esa versión para evitar que su madre viajara a España. Con ello, el hombre fue absuelto de culpa y pena.
DENUNCIA FALSA. Ante esto, tras ser absuelto, el afectado, ya en el 2013, planteó una denuncia ante la fiscalía contra el padre y su hijastra, por simulación de hecho punible y denuncia falsa.
Al final, el fiscal Víctor Maldonado imputó al hombre y a su hija, en ese entonces de 18 años de edad, por los citados hechos punibles.
La jueza Lici Sánchez le dio medidas y luego el caso pasó a juicio oral y público. Fue en esta instancia que el Tribunal de Sentencia integrado por Sandra Farías, Wilfrido Peralta y Carlos Hermosilla juzgó el caso.
Ahí, tras analizar los hechos, determinaron que cuando la menor hizo la denuncia falsa, el 11 de noviembre del 2008, tenía 13 años, 4 meses y 14 días, y era apenas una estudiante de primaria.
Con ello, el 5 de febrero pasado, la declararon inimputable, y la desvincularon definitivamente del caso. Con respecto al padre, el mismo no se presentó al juicio oral, por lo que se dispuso que otro tribunal la juzgara.
El querellante adhesivo, el abogado Efraín Lozano, planteó apelación en contra del fallo del Tribunal de Sentencia. Requirió la nulidad de la sentencia y un nuevo juicio oral. Al pedido se adhirió el fiscal Víctor Maldonado.
Ya en apelación, los camaristas analizaron la cuestión. Dijeron que efectivamente, cuando se hizo la denuncia, la menor tenía 13 años, por lo que no podía ser responsable de delito alguno.
Recordaron el artículo 21 del Código Penal, que señala que “está exenta de responsabilidad penal la persona que no haya cumplido catorce años de edad”.
Así, ratificaron la resolución y la menor quedó desvinculada de la causa por la edad que tenía en ese momento.