23 abr. 2024

Firma denuncia cobro irregular de arancel

La denuncia pública que pretende hacer Paraguay Textil tiene que ver con la inseguridad jurídica generada por acciones arbitrarias de funcionarios aduaneros, que haciendo caso omiso del Código Aduanero y de un informe técnico del Instituto de Tecnología y Normalización (INTN), pretenden aplicar una clasificación arancelaria –a un producto que es materia prima utilizada para la industria de la confección para hacer uniformes escolares de gimnasia– diferente al resto de los competidores, expresó César Armele, directivo de la empresa.

Aranceles.  Armele solicita una solución ante los problemas arancelarios que tienen consecuencias en su empresa.

Aranceles. Armele solicita una solución ante los problemas arancelarios que tienen consecuencias en su empresa.

Agregó que anualmente este producto es importado en 30 contenedores por año, de los cuales tres contenedores son ingresados al territorio nacional por Paraguay Textil. “Nos quieren aplicar una partida arancelaria que tiene una alícuota del 16%, y a nuestros competidores le ponen una partida arancelaria que tiene arancel cero, con lo cual genera una discriminación que nos saca del mercado”, comentó.

Armele dijo que esta situación se repite desde hace años, a pesar de que la partida que pretenden cobrar a la empresa no es importada desde hace más de veinte años. Recordó que en enero de 2014 mantuvo una reunión con el director de Aduanas, Nelson Valiente, a quien solicitó que se cumpla el Código Aduanero, se extraiga la muestra del producto, se remita al INTN para que determine la identidad del producto y en función a eso se clasifique. Comentó que Valiente accedió en esa oportunidad y se pudo desaduanizar el producto bajo la misma partida que su competencia.

Negativa. Añadió que en diciembre del año pasado volvió a reunirse con Valiente, pero esta vez se negó a realizar el mismo procedimiento. Añadió que el argumento que pueden esgrimir para rechazar su pedido es que tienen la capacidad de poner la partida arancelaria, pero agregó que no pueden poner la partida arancelaria desvinculada del informe del INTN.

Comentó que el artículo 390, inciso 5) del Código Aduanero determina que ante la duda de la identidad de un producto, se debe someter a un análisis, pero las autoridades de Aduanas desconocen esta normativa y establecen una partida arancelaria sin ningún sustento.

“En enero de 2014 hubo una férrea oposición de dos personas de Visturía a que se ejecute lo que dice el Código (Aduanero): Héctor Omar Troche y Gustavo Bogado. No tenemos una explicación valedera sobre la negativa, porque nos parece bastante peligroso que no se cumpla el Código, que se haga de lado el informe del Instituto de Tecnología y Normalización”, aseveró el empresario.

Armele agregó que “genera también mucha inseguridad jurídica que con nuestra empresa tuvo dos conductas opuestas con el mismo producto, en un mismo periodo, y mucho más nos violenta que a nosotros nos impongan un arancel y a todo el resto le impongan otra partida arancelaria”.

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