La denuncia se presenta en los Juzgados de la Niñez y la Adolescencia. Cabe señalar que para presentar una demanda, es necesario que el menor esté reconocido por el padre a quien se pedirá alimentos. En caso de que este no lo haya hecho, se deberá realizar el juicio de filiación, donde la prueba fundamental es el examen de ADN, en caso de que el demandado niegue ser el padre de la criatura.
La Corte Suprema se hace cargo de realizar las pruebas de ADN para las mujeres que justifican que no tienen recursos a modo de solventar la realización de esa prueba; esto lo hace a través del beneficio de litigar sin gastos.
Sin embargo, cuando el padre, de igual manera, hace caso omiso a las notificaciones impuestas por el Juzgado de la Niñez, la denuncia pasa a lo Penal. En este ámbito se inicia un juicio, en el cual una vez que falle a favor, se les obliga a pagar lo que deben. Inclusive están expuestos a ser condenados a prisión.
Como ejemplo, se puede citar a un abogado que fue condenado a dos años de cárcel, con suspensión de la ejecución de la pena.
La sentencia afectó al profesional Diego Troche Robbiani, quien fue encontrado culpable del delito de incumplimiento del deber legal alimentario.
Los jueces Daniel Ferro, Víctor Alfieri y María Luz Martínez impusieron que debía abonar unos 140 millones de guaraníes para no ir a prisión.
Por otra parte, los hechos de violencia intrafamiliar siguen dejando números estadísticos preocupantes.
Por eso, el Ministerio de la Mujer busca que se promulgue la Ley 1600 que castiga la violencia doméstica.