El proyectista diputado Éber Ovelar mencionó que se trata de un sistema de vigilancia electrónica para los reos primarios que sean beneficiados con medidas sustitutivas.
En la sesión ordinaria del miércoles pasado, los legisladores decidieron aceptar las modificaciones introducidas por el Senado, con excepción del último párrafo del artículo 5º, que trata sobre “las personas imputadas, acusadas por crímenes o que hayan reingresado al sistema penal por orden judicial, no podrán ser beneficiadas”. Esto, a raíz de que las personas condenadas solo podrán acceder al sistema cuando hayan compurgado las dos terceras partes de la sentencia.
“Personas que cometieron delitos menores sí podrán utilizar este sistema de control; sin embargo, las personas condenadas por crímenes van a salir en libertad condicional bajo el régimen de suspensión condicional de ejecución de la condena, pero no serán controladas con la pulsera electrónica durante su libertad condicional; es lo que modificaron los senadores y nosotros nos opusimos”, detalló el diputado colorado Bernardo Villalba.
Añadió Villalba que dicho inciso estaría desnaturalizando el objetivo principal de la iniciativa.
Por otra parte, Ovelar dijo que los dispositivos electrónicos de control no solamente podrían utilizar las personas que tienen arresto domiciliario, sino también los hombres que tienen orden del juez de no acercarse a sus parejas o víctimas de violencia.