Y este incumplimiento es algo que está no solamente en el ambiente general sino que, con mayor culpa, existe en las autoridades que tenemos.
Es una contradicción tremenda que los elegidos por el pueblo para dar leyes sean los que más frecuentemente se las saltan. Inclusive, haciéndolos quedan impunes por aquello de los fueros y por aquel desgraciado dicho expresado en alguna ocasión por ellos.
“Es un chancho, pero es un chancho de nuestro corral”. Impunidad asegurada.
Sin embargo, en una democracia formal como la nuestra, también hay que hablar de la activa desobediencia civil. La desobediencia civil es un mecanismo de protesta social que se caracteriza por la negación de ciertos contenidos de la legalidad.
Más claro: Todo acto de desobediencia civil es un acto de desobediencia a una ley. Pero, atentos, no todo acto de desobediencia a la ley es un acto de desobediencia civil.
Condiciones para que un acto de desobediencia de la ley sea un acto de desobediencia civil: Que sea un acto de desobediencia público, no violento, consciente, realizados con la intención de frustrar leyes –al menos una– para promover un cambio social que no se puede lograr de otra manera.
La desobediencia civil es directa cuando consiste en la violación de una norma jurídica que en sí misma es considerada injusta.
Es indirecta cuando se desobedecen leyes en sí mismas válidas, como la de tránsito, para protestar y plantear el propio caso, cuando no hay otro medio de objetar los programas del Gobierno directamente.
Muchas de nuestras acciones incluyen este tema de la desobediencia civil. Sería interesante que tanto los protagonistas como el Gobierno profundizáramos bien en este tema.