19 abr. 2024

En juicio oral totalmente en guaraní, condenaron a indígena por crimen

Los jueces, fiscales, defensores, testigos y peritos hablaron íntegramente en el idioma nativo. Había un consultor técnico que estuvo en la deliberación de los magistrados, con voz, pero sin voto, según la ley

Acusado.  En la esquina, mirando a la cámara, Antonio Alberto Cardozo sigue el juicio oral realizado en idioma guaraní.

Acusado. En la esquina, mirando a la cámara, Antonio Alberto Cardozo sigue el juicio oral realizado en idioma guaraní.

“Ko’ape oî duda ha rojerure la absolución ko karaípe guarã” (hay duda y solicitamos la absolución) fue el pedido del defensor del indígena Antonio Alberto Cardozo durante el juicio oral realizado ayer en tribunales íntegramente en guaraní.

Sin embargo, para los magistrados María Luz Martínez, Elio Rubén Ovelar y Víctor Alfiere, “ha’e ojukavaekue karai Damasio Otero” (él fue el homicida) y lo condenaron a 5 años de cárcel por homicidio doloso.

El hecho ocurrió el 1 de setiembre del 2016. Antonio Alberto Cardozo, un indígena mbyá guaraní, fue acusado de golpear con un palo en la cabeza a Otero, de la misma parcialidad, en una plaza cercana a la Terminal de Ómnibus. Lo llevaron al Hospital del Trauma y falleció 9 días después.

Como el acusado pertenecía a una etnia indígena, en el juzgamiento se tuvo al consultor técnico Migdonio Duarte, quien incluso entró a la deliberación de los magistrados para explicar las costumbres de la parcialidad.

En el caso, la fiscala Sara Ramona Domínguez fue la que acusó y estuvo en la primera parte del juicio oral. Ayer, fue su colega Leonardi Guerrero el que participó.

PENA. El agente fiscal solicitó la pena de 10 años de encierro por el homicidio doloso. Dijo que se probó que Cardozo golpeó con un palo en la cabeza a Otero, quien a raíz del golpe falleció días después.

Por su parte, los defensores públicos Lourdes Benítez y Rafael Joaquín Domínguez solicitaron la absolución de culpa y reproche.

Señalaron que en el juicio oral no estuvo ninguna persona que haya visto que Cardozo había golpeado a Otero. Además, ni siquiera el palo (arma homicida) fue ofrecido como prueba.

Se escuchó en el juicio oral además el llamado al 911 que realizaron. En el mismo se oye que Otero supuestamente quiso llevarse a una criatura y que una mujer la defendió y casi la ahorca, dice la voz.

“Ndaha’ei pohã ro’ysã”, dijo el defensor público Domínguez de la víctima, quien tenía antecedentes por coacción sexual, conforme refirió el profesional. Incluso resaltó que el acusado “ndo mbovui camisa lomo” (no escapó), sino que se entregó.

Sin embargo, tras la deliberación, los magistrados entendieron que se probó la autoría del homicidio por parte de Antonio Cardozo.

Con ello, dijeron que la pena justa y útil era la de 5 años de cárcel. Ahora, la defensa podrá apelar el fallo de los jueces.