No obstante, esta tarea se realizaría “conjuntamente con las organizaciones de bases municipales, departamentales y nacionales”, dice el texto. La siguiente tarea del MAG será “elevar la nómina completa de los beneficiarios con detalles de las respectivas deudas vencidas” al Ministerio de Hacienda y a la Contraloría General de la República.
Esta lista se realizaría con base en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (Renaf), detalla la ley sancionada.
Otro aspecto resaltante de la ley de subsidio es que limita el beneficio a las organizaciones de productores nucleadas en la coordinadora, que son ocho en total. Las más conocidas son la Mesa Coordinadora de Organizaciones Campesinas (Mcnoc), el Movimiento Agrario y Popular (MAP) y la Organización Nacional de Cañicultores Agropecuarios (ONCA).
Se contempla el subsidio por las deudas vencidas de los productores de la agricultura familiar campesina, siempre y cuando sean dueños de fincas que no superen las 30 hectáreas. La suma a subsidiar será de hasta 25 salarios mínimos por productor, que son G. 51 millones aproximadamente. La deuda debe guardar relación con la producción agrícola. Otro tipo de deudas no serán reconocidas. Finalmente, establece que los beneficios no privarán del derecho de ser sujetos a nuevos créditos.