Es ante la serie de recusaciones planteadas por la defensa contra fiscales, investigadores y magistrados, para dilatar el procedimiento y provocar su prescripción.
Dentro de la política de transparencia de gestión en la Administración Pública, promovida por la Presidencia de la República, el asesor jurídico expuso su visión acerca de las numerosas causas penales sobre corrupción, lesión de confianza, estafa y otros que están trabadas, sin algún fundamento jurídico válido.
Mencionó la causa Nº 139/13: “Fabio Gaona Aquino y otros s/estafa por medios informáticos y otros”. Explicó que a través de este fraude informático, se generaron créditos fiscales a nombre de empresas ficticias que luego fueron transferidos o vendidos a particulares, entre ellas, la Cooperativa Colonias Unidas, Agropecuaria Industrial Limitada, Ale Industrial, entre otras.
Consignó Godoy que en esta causa el perjuicio patrimonial para el Estado paraguayo es sumamente grave: más de 50.000 millones de guaraníes.
El funcionario informó que si bien existen doce imputados, la investigación no puede continuar su tramitación normal a causa de los artilugios jurídicos de la defensa. “La dilación causada por el abuso de la recusación contra los fiscales investigadores y magistrados intervinientes, efectuada por la defensa es insostenible. Claramente, el objetivo principal es dilatar el procedimiento y provocar su prescripción. Esta conducta dilatoria roza la punibilidad por frustración de la persecución penal (art. 292 CCP)”, puntualizó.
Comentó que la fiscala Irma Llano fue recusada y luego confirmada, y que posteriormente se impugnó la confirmación. Fue designado como fiscal sustituto Ariel Martínez, mientras que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó esta impugnación, mencionó Godoy.