19 abr. 2024

El Gobierno peruano oficializa la ley que inhabilita a funcionarios corruptos

Lima, 22 oct (EFE).- El Gobierno de Perú oficializó hoy una ley que establece la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos de funcionarios condenados por delitos de corrupción, también llamada “muerte civil”, así como la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública.

El presidente del Perú, Pedro Pablo Kuczynski. EFE/Archivo

El presidente del Perú, Pedro Pablo Kuczynski. EFE/Archivo

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, se convirtió en el primer decreto en materia de lucha anticorrupción dictado por el Ejecutivo en el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso el pasado 29 de septiembre.

El decreto modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para establecer que la inhabilitación “será perpetua siempre que el agente actúe como integrante de una organización criminal, como persona vinculada o actúe por encargo de ella”.

Agrega que esto también se producirá cuando “la conducta recaiga sobre programas con fines asistenciales, de apoyo o inclusión social o de desarrollo, siempre que el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados supere las quince unidades impositivas tributarias”.

La norma señala que en este caso no opera la rehabilitación automática, aunque precisa que esta “puede ser declarada por el órgano jurisdiccional que dictó la condena luego de transcurridos veinte años”.

Al establecer el plazo de duración de la pena de inhabilitación principal contra los funcionarios condenados por corrupción estableció este en un mínimo de cinco años y un máximo de veinte.

“El que ha cumplido la pena o medida de seguridad que le fue impuesta, o que de otro modo ha extinguido su responsabilidad, queda rehabilitado sin más trámite”, remarcó.

La norma también crea un Registro Único de Condenados Inhabilitados por delitos contra la Administración Pública, que estará a cargo de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir).

Estableció que el registro será público y “las entidades públicas que vayan a incorporar a un servidor deberán consultar obligatoriamente este Registro antes de decidir el nombramiento, bajo responsabilidad”.

Una disposición complementaria señaló que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar las funciones del registro en un plazo máximo de 60 días.

El presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, anunció el miércoles pasado que el proyecto de ley había sido aprobado en sesión del Consejo de Ministros.

A su turno, la ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, precisó que la inhabilitación regirá para el funcionario o servidor público, autoridad elegida por mandato popular, incluida la privación de grados militares para el personal de las fuerzas armadas o policiales.

La ley se promulgó como parte de una serie de medidas inmediatas de lucha contra la corrupción anunciadas la semana pasada por el presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski.

El gobernante salió, de esa manera, al paso de las críticas que recibió su gestión por un escándalo protagonizado por su exasesor en temas de salud, Carlos Moreno, descubierto en coordinaciones irregulares para entregar los servicios del Seguro Integral de Salud (SIS) a clínicas privadas.

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