Pasa por alto que incluso un juez recomendó un sumario, atribuyendo irregularidades en su gestión. Cabrera pide que se respete su vida privada –la cual en ningún momento fue tocada– invocando la garantía que le asiste en el artículo 33 de la Carta Magna que habla del derecho a la intimidad.
Si bien aclara que su pretensión “de ninguna manera debe interpretarse como violación de otros derechos”, como el de la libertad de expresión y de prensa y el derecho a la información, insiste en que no se publique incluso “sobre las pretensiones o planteamientos que eventualmente en ejercicios de derechos, deba realizar en salvaguarda de legítimos intereses”.
Entiende que esto plantea una disyuntiva de derechos positivos, en los que confrontan garantías constitucionales. “De ahí, muy respetuosamente propongo y dado el caso ofrezco la brillante oportunidad de someternos (Éver Romildo Cabrera c/ Editorial El País SA) a la jurisdicción de Tribunales de la capital de la República, para determinar lo que en Derecho corresponde”, dice. No atiende llamadas de ÚH.