20 abr. 2024

El BCP prevé mayores sanciones a bancos y más exigencia para abrirlos

El proyecto de ley para modificar la Carta Orgánica del Banco Central prevé sanciones más duras tanto para las entidades financieras como para las personas físicas (detrás de las instituciones) para las faltas leves y graves en las que puedan incurrir, según el documento dado a conocer por el BCP.

algunas modificaciones a la ley 489-95

Entre las faltas graves se mencionan mantener durante un periodo de por lo menos seis meses recursos propios efectivos al mínimo exigido para la creación de la entidad correspondiente, o que no alcance el 80% de los recursos que están obligados a mantener; omitir información obligatoria, incumplimiento de medidas correctivas, obligaciones legales o reglamentarias exigidas por la Superintendencia de Bancos, presentar deficiencias en la organización administrativa, contable o en los procedimientos de control interno, entre otras.

Mientras que las sanciones monetarias no sobrepasan actualmente los 1.000 salarios mínimos, el máximo pasaría a 10.000 salarios mínimos (ver infografía).

Asimismo, la posibilidad de la suspensión de actividades trepa de un máximo de 60 días a incluso un año. También se incluye la opción de la revocación de la autorización o licencia para operar.

Independientemente de las sanciones que se impongan a las entidades financieras, las personas físicas detrás de las entidades también estarán expuestas a sanciones más importantes, con la modificación de la normativa.

Las multas podrán ir hasta 50 salarios mínimos, en lugar de 10, como está establecido en la ley vigente. Se abrirá la posibilidad incluso de la cancelación de su autorización o equivalente de su registro correspondiente.

APERTURA. Los requerimientos, observados en la Ley 861, De Bancos, para la apertura de una entidad financiera serán igualmente más exigentes. El capital mínimo para abrir un banco será de 40.000 millones de guaraníes y para financieras de G. 20.000 millones.

En cuanto a los directores y accionistas de las entidades serán analizadas con estándares de idoneidad, solvencia, entre otros, pudiendo negársele la licencia en caso de no contar con el perfil a criterio del Directorio de la banca matriz.

En ese sentido, ambos proyectos otorgan mayores prerrogativas al Banco Central para establecer medidas acorde con los riegos de crédito, de mercado y operacionales.

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