25 abr. 2024

Duerme apelación a rechazo de acción de inconstitucionalidad

Luego de darse el veto del presidente Fernando Lugo a la designación de Agustín Lovera Cañete para integrar la Corte Suprema de Justicia, el camarista presentó una acción de inconstitucionalidad contra el decreto presidencial.

Precedente.  El único caso de rechazo a un elegido para la Corte Suprema de Justicia es el de Agustín Lovera Cañete.

Precedente. El único caso de rechazo a un elegido para la Corte Suprema de Justicia es el de Agustín Lovera Cañete.

El Ejecutivo emitió el decreto Nº 27/80 de rechazo del acuerdo, el 25 de agosto de 2009. Ante esto, Lovera presentó una acción de inconstitucionalidad atacando dicho decreto.

Dicha acción fue presentada el 15 de setiembre de 2009, recurso que fue aceptado por la Sala Constitucional ese mismo año.

En la acción presentada, Lovera cuestionó que el ex presidente Lugo no haya argumentado la razón del rechazo al acuerdo para la integración de la Corte Suprema.

Caducidad. Luego de varios años de la presentación, la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial, en noviembre de 2012, declaró la caducidad del caso.

La resolución dictada por los ministros Víctor Núñez, Sindulfo Blanco y Gladys Bareiro de Módica señala que la acción no fue impulsada efectivamente por el accionante durante el plazo de 6 meses, por lo que correspondía declarar operada la caducidad de la instancia.

Según la ley, la caducidad implica que el juicio queda sin efecto.

Sin embargo, Lovera Cañete presentó una apelación contra la caducidad declarada por la Corte.

Este recurso, hasta ahora, no fue contestado por la máxima instancia judicial.

REACCIÓN. Consultado sobre el caso, el ex senador colorado, Hugo Estigarribia, señaló que el caso duerme en la Corte, sin una resolución final, que sentaría jurisprudencia para casos posteriores.

En la opinión de Estigarribia, quien fue convencional constituyente, la Carta Magna no obliga al presidente de la República a argumentar en el caso de negar el acuerdo para un miembro de la Corte Suprema. “El mandatario no está obligado a argumentar, sea que preste el acuerdo o que lo niegue”, explica el ex legislador.

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