El Tribunal de Sentencia de Paraguarí, integrado por los magistrados Hugo Ríos, Juan Ruiz Díaz y Jorge Giménez, resolvió que la pena justa para el hombre era la de 25 años de prisión, debido a que durante el juicio oral y público se pudo comprobar fehacientemente su autoría en el crimen.
El agente fiscal de Carapeguá Rafael Ojeda sostuvo la acusación por homicidio doloso en sus alegatos finales, en base a las pruebas documentales y testificales que fueron demostradas en la audiencia pública y solicitó la pena de 27 años de penitenciaría para Benítez.
el caso. Los antecedentes del hecho refieren que el 3 de setiembre de 2013, Benítez, vía telefónica, citó a su ex pareja Silvia Ramona Morel para encontrarse en la chacra de la familia, ubicada en la compañía Beni Loma de Carapeguá, Departamento de Paraguarí.
En dicho lugar se encontraban conversando, luego se generó una discusión, ínterin en que el hoy condenado desenfundó una pistola de calibre 22 mm y disparó tres veces contra la mujer.
Según la carpeta fiscal, uno de los proyectiles impactó en la zona del tórax, otro en un muslo, y el tercero en un brazo, produciéndose de esa manera su deceso.
El hecho se registró en la ciudad mencionada, a las 12.45 aproximadamente, según relató en el juicio oral y público la señora Feliciana Morel, madre de la víctima, quien presenció el homicidio.