19 abr. 2024

Cuarta postergación de la SET para presentar rectificativas

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) anunció ayer que en atención a los numerosos pedidos planteados para ampliar el plazo con el fin de presentar las declaraciones rectificativas del impuesto a la renta personal (IRP), la dependencia del Ministerio de Hacienda extenderá el periodo para el pago, sin multas, hasta el 31 de enero de 2018.

Cabe recordar que es la cuarta vez que se pospone la fecha, porque a inicios de este mes la SET había resuelto ampliar hasta el 30 de noviembre el plazo para que 2.100 contribuyentes notificados por inconsistencias en sus deducciones puedan rectificarse.

En principio fue fijado el 23 de octubre, para luego extenderse al 6 de noviembre, al 30 de noviembre y ahora darán tiempo hasta el 31 de enero del siguiente año, según un comunicado que la Administración Tributaria dio a conocer ayer.

Con respecto a los contribuyentes que aún no han rectificado sus declaraciones juradas respetando los límites de deducibilidad establecidos en la Ley 4673/12, a fin de facilitar la regularización de esta obligación, la SET mencionó que eximirá de la obligación de presentar –en este caso concreto– el dictamen de auditoría externa requerido por la disposición general.

Por otra parte, del total de contribuyentes que declararon deducciones del Impuesto a la Renta Personal (IRP) en concepto de inversiones y otros gastos y costos en los campos 34 y 71 del Formulario 104, a la fecha más del 70% lo ha hecho conforme a las deducciones admitidas en la ley, según el comunicado de Tributación.

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